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bancoestado - remate de propiedada por prestamo inexistente
A QUIEN QUIERA Y PUEDA BRINDARME SOCORRO
EL DRAMA DE UN CIUDADANO DE CLASE MEDIA
Y CLIENTE INVOLUNTARIO DEL BANCO ESTADO
¿Podría alguien, ciudadano chileno común y corriente, imaginarse que luego de pagar con muchos sacrificios y durante treinta años un dividendo mensual por su vivienda, que ésta sería rematada por el no pago de un supuesto préstamo que el Banco Estado me habría hecho hace más de quince años, por una suma equivalente a 1,8 veces el valor de esa vivienda para cancelar, precisamente, dividendos impagos?
!!! ESA ES MI TRISTE REALIDAD !!!
Mi nombre es HUGO y mi domicilio hasta hoy, Abril de 2008, es aquel que aún ocupo precariamente en la Comuna de El Bosque, en espera de hacerse efectiva la orden de lanzamiento, por remate de la que era mi propiedad el día 07 de Marzo del año 2007. Al parecer las instancias legales a las que he recurrido han sido inútiles. Por ello resumo en forma breve los antecedentes que poseo sobre esta verdadera tragedia que nos tiene al borde de un infarto tanto a mí y a mi esposa, ambos adultos mayores, como al resto de mi familia.
Adquirí el año 1974 la vivienda que soñábamos sería nuestro hogar definitivo, a través de la Asociación Nacional de Ahorro y Préstamos (ANAP), comenzando a pagar dividendos a contar del mes de Diciembre de ese mismo año. Debido al término legal de dicha Asociación, el saldo de mi deuda, que ascendía a 537,267846 Unidades de Fomento, fue traspasado con fecha 01 de Octubre de 1989 al Banco del Estado de Chile, entidad en la cual continué el pago mensual de la deuda.
En Marzo del año 1991, concurrí al Banco Estado a ver la forma de cancelar seis (6) dividendos que mantenía impagos debido a que en principio el Banco me envió cobranza por más del doble del monto que yo estaba pagando a la ANAP, situación que yo había hecho presente por escrito. En esa ocasión y con el trato muy amable del funcionario del Banco, me sugirió pagar el mes de Marzo y firmar ante notario un formato de pagaré en blanco, según él para respaldar el saldo de la deuda a esa fecha, todo lo cual me pareció muy normal dada la buena actitud del funcionario. En todo caso esos 6 meses impagos fueron cancelados por el suscrito en el mes de Julio de 1991, continuando el pago mensual de mi deuda en forma normal.
En el mes de Noviembre de 2001, el Banco Estado me envió un documento informando que en ese mes el suscrito daba termino al pago de la deuda hipotecaria original de la propiedad y a contar de Diciembre comenzaba a cubrir un nuevo dividendo por concepto de reprogramación de deuda suscrito el año 1987 con la ANAP. El nuevo monto era aproximado al anterior, terminando dicha obligación en el mes de Marzo de 2004, para lo cual se adjuntaba un detalle del desarrollo de la nueva deuda. Cumplido por mi parte el pago de este compromiso, consideré con gran alivio que por fin tenía CASA PROPIA Y PAGADA.
No obstante, a partir de Abril de 2004 comencé a recibir cobranza mensual de un nuevo dividendo, esta vez equivalente casi al doble de los últimos pagados. A fin de lograr una explicación sobre el motivo de este nuevo cobro concurrí a diversas oficinas y personas del Banco a las que fui desviado, completando un total de 17 entrevistas, sin lograr una razón siquiera aproximada sobre el tema.
Como única respuesta a mis inquietudes, en el mes de Marzo de 2005 sólo recibí UNA ORDEN DE REMATE DE LA PROPIEDAD por no pago de una deuda cuya justificación era y sigue siendo para mí desconocida
A fin de obtener mayores detalles sobre el caso, el día 10 de Marzo de 2005 concurrí a la oficina de los abogados del Banco querellante, ocasión en que la Sra. María Zúñiga Corral, a petición del suscrito, dio a conocer fotocopia del pagaré motivo de la acción judicial indicada, de cuyo texto escrito me impuse por primera vez luego de transcurridos 14 años desde que se me hizo firmar un formato en blanco por un funcionario de ese Banco.
Al leer el pagaré, pude verificar que había sido completado en forma manuscrita y por un monto de 911, 189713 Unidades de Fomento, cantidad había sido entregada por el Banco al suscrito en dinero efectivo el día 13 de Julio de 1991, lo que en ningún caso podía ser realidad dado que a esa fecha yo desconocía el monto que posteriormente iba a ser registrado en el pagaré, que había firmado en el mes de Marzo de ese año, confiando que correspondería sólo al saldo de los dividendos que adeudaba a esa fecha, como había sido acordado en el momento y que luego fueron pagados en su totalidad.
Asimismo se señalaba que el monto de dinero entregado debía pagarse en 120 cuotas mensuales, fijando como fecha del primer vencimiento el día 10 de Marzo del año 2004, es decir, con un plazo de gracia de 13 años, algo que parece increíble y nunca antes acordado por mi parte.
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Con fecha 17 de Marzo 2005, solicité por escrito a la Gerencia de Normalización de Deudores Hipotecarios del Banco, con copia al Tribunal y al abogado del demandante, se sirviera efectuar un análisis completo de los antecedentes que originaban esta demanda y se detenga la acción judicial seguida en mi contra, hasta determinar en forma clara la deuda real, si la hubiera, ofreciendo por mi parte el aporte de toda otra información, documento o antecedente que fuera necesario.
Una vez más, recibí como única respuesta en Mayo de 2006, una nueva ORDEN DE REMATE emanada del 30° Juzgado Civil de Santiago, lo que me obligó a recurrir a un Abogado para dejarla sin efecto. Sin embargo, dicho Tribunal dictó una nueva orden de remate para el día 07 de Marzo 2007, rechazando los recibos de pago total de los dividendos que fueron presentados por mi defensor, bajo el argumento de que no se me estaba cobrando una deuda hipotecaria, sino UN PRESTAMO QUE EL BANCO ME HABRIA ENTREGADO EN DINERO EFECTIVO EL AÑO 1991, POR UN MONTO EQUIVALENTE A MAS DE 911 UNIDADES DE FOMENTO, lo cual con absoluta conciencia y honestidad puedo decir que es ABSOLUTAMENTE FALSO.
Surgen entonces muchas dramáticas interrogantes - ¿Qué hago ahora, con mi casa ya rematada?
- ¿Cómo enfrento mi profunda depresión y las de todos los que me rodean?
-¿Porqué el Banco Estado ni siquiera hasta ahora me ha enviado una liquidación del supuesto préstamo, demostrando sobre todo la forma o procedimiento en que se me entregó según ellos el dinero en efectivo?
-¿ Porqué un Tribunal de la República, antes de disponer el remate de una propiedad no dispuso una investigación sobre la veracidad de los antecedentes que justificaran la demanda presentada por el Banco?
-¿ Porqué el Banco Estado, que se supone es de todos los chilenos permite y acepta que se realicen este tipo de operaciones dolosas en contra de sus clientes?
-¿ Finalmente, cuántos otros miles de ciudadanos habrán sido afectados por este proceder doloso del Banco Estado, perdiendo uno de sus bienes más preciados como es la casa en que han construido su hogar y formado una familia?
NOTA FINAL
Como es sabido, las deudas traspasadas por la ex ANAP fueron adquiridas por los bancos e instituciones financieras el año 1989, con una bonificación de hasta un 75% y la obligación de pagar al Estado dichos valores en plazos de hasta más de 25 años, esto es, a partir del año 2005, o sea, un gran negocio sólo para dichas instituciones pero no para los deudores habitacionales, quienes por el contrario vieron alzado el valor de sus dividendos, lo que les llevó en muchos casos a su incumplimiento, produciéndose en pocos años más de 60.000 remates, sin que hubiera ningún tipo de apoyo del Estado a sus demandas, salvo el descuento de 15 y 20 % que se estableció para los adultos mayores de 60 y 65 años, gracias a las múltiples manifestaciones efectuadas por los deudores en la década de los 90".
A la fecha de decretado este último beneficio, el suscrito no tenía derecho a él por tener menos de 50 años de edad, por lo cual le continuó afectando el alza desmesurada de sus dividendos con sus escasos ingresos como empleado público, lo que le obligó a reprogramar más de una vez su deuda, pagando las cuotas en forma de dividendo adicional. Asimismo, l año 2004, por encontrarme ya jubilado no podía cubrir con mi pensión una deuda del monto que el Banco injustamente me cobraba, aún cuando por razones muy humanas de querer proteger la salud de mi Esposa y el resto de mi familia, hubiera deseado hacerlo para conservar una propiedad en que hemos hecho muchas inversiones para ampliarla y mejorar nuestro ambiente familiar y que finalmente fue rematada en un monto mínimo que apenas alcanzó para pagar ese supuesto préstamo solicitado al Banco del Estado y que jamás llegó a nuestras manos.
Viernes, Mayo 16, 2008 - 02:07
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Ojo hay jurisprudencia por firmar pagares en blanco
Además pon una demanda al banco por lesiones enormes El banco no lo va poder creer ver buen dato abogados
www.indemniza.cl. No mas Impunidad
Favor si tienes algun contacto directo con indemniza.cl agradecería la info. envíe los datos pero no recibo respuesta.
Estoy muy angustiado por este tema, recibo cualquier comentario, consejo, dato, referencia, etc. que me pueda guiar en la forma de detener esta terrible injusticia por BancoEstado contra este trabajador jubilado que mira como le quitan su casa, lograda con mas de 35 años de trabajo y esfuerzo.
Un trabajador chileno y su familia se los agaradecera siempre.
Saludos. Soy estudiante de periodismo y me interesaría investigar su problema para un reportaje sobre vivienda y clase media. Por favor comuniquese conmigo al mail joze.figue@gmail.com y buscaré también la forma de ayudarle.
Gracias
Mi nuevo telefono 527-2955, 7895-0315
Me parece insostenible una situación así. Creo que deberían retroceder a la supuesta fecha de otorgamiento del crédito y calcular si de acuerdo a la liquidación de sueldo de ese entonces,era probable que el banco otorgase un crédito de 911 uf. lo cual dudo mucho. Por último quiero señalar, que según entiendo,el remate hipotecario, no tiene relación con un remate a raíz de un crédito de consumo y el banco se debe ver en la obligación de recibir la posibilidad de pago según posibilidades del acreedor, tal como sucede ante posibles quiebras sin respaldo.
Espero sirva de algo.
Es una pena que te este pasando esto seguramente el mismo funcionario quien te pidio firmar los papeles recibio el dinero aberigua quien te recibio los documentos. mira que todos buscan beneficios propios y mucha fuerza ojala soluciones tu problema
Lamento lo del amigo, pero no es el unico que esta sieendo estafado por este bandito BANCOESTADO,como pueden darce cuenta es un problema de Estado, pero quien le pone el cascabel al gato ?-
En lo personal soy un fujitivo del Banco despues de un embargo y me siguen cobrando ojala hasta enbargarme el sueño y esto paso hace cinco años, dicen de la famosa Prescripción de la Deuda, tienes que tener plata para pagarle a otro ladrón, que lo unico que hace es aplazar el cuento, en resumidas cuentas el que firma es deudor y tiene que pagar no mas. y capaz que esta pagina sea hasta del Banco.
Hola estimados.con tristeza he indefencion me siento en este pais. La mal llamada justicia, es tan ciega,desquilibrada para quienes hemos creido en ella, y en ciertos casos juega en ambiguedad, mi caso es muy curioso pues como todos saben una compra venta se hace en una notaria. sino no tiene ninguna valides. pues bien es lo que yo hice primero al comprar un dpto usado.luego viene el conservador de bienes raices. lo cual no dice que plazo tienes tu para hacerlo, yo al parecer me demore mas de lo normal y cuando fui a incribir me encontre con una orden de embargo del banco de Chile, que mas parece Chile del banco, el caso es que la antigua dueña habia contrido una deuda, la cual no cancelo dando paso a dicho embargo.
Yo en mi defenza presente una terceria demostrando la propiedad con mi escritura notarial, de fecha anterior a la ejecucion de la deudora, para mi sorpresa, la ley no contempla la escritura notarial como valida en defenza en la terceria. pues la ley se ampara en una palabra llamada la tradicion, que significa que mientras tu no hayas incrito en dicho conservador, no eres propietario del bien,cabe decir que nuestra ley, no da valides a un designado por nuestro poder judicial, y antepone una privado como es el conservador de bienes raices, amparado en la tradicion.
Le ruego a quien sepa algo sobre defensoria juridica, otra tesis o jurisprudencia de este caso, que se ventila en el 3er juzgado civil de viña del mar, y se interese en dar un aporte. escribir a: cpcr_2004@hotmail.com
de antemano Gracias.
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