- Ñuñoa, Chile
- 25, Mayo 2019
- Número: 585881
Si resolución solicitud de devolución de fondos previsionales
PRESENTE
El 22 de agosto del 2018 me dirijo a la sucursal providencia de AFP Plan Vital, con un poder notarial emitido en Chile que me permitía solicitar la devolución de ahorros previsionales de Inés Quilez, ciudadana española quien residió en Chile, quien por medio de una especificación en su contrato, posee el derecho de solicitarlo. Realicé el trámite con normalidad. lamentablemente la devolución no se realizó ya que el total del monto excedía por muy poco dinero el máximo monto a depositar en cuenta RUT. La AFP se mostró inflexible en devolver el dinero en dos depósitos, por lo que no se pudo recibir el dinero y éste fue devuelto a la AFP. el 21 de marzo del 2019 me dirijo nuevamente a la sucursal providencia de Plan Vital, ahora con un poder notarial emitido en España y válido en Chile. En esta oportunidad el poder era total y sin fecha de vencimiento. Realizo nuevamente el trámite en AFP Plan Vital, el poder es revisado por la persona que me atendió y por otra trabajadora a quien se le consulta sobre el trámite. Luego de eso, me confirman que está todo bien y me informa que en 10 días mas iba a poder cobrar el vale vista a mi nombre, como mandataria, en el banco BCI.Desde ese día en adelante me mantuve en constante comunicación con personal del BCI quienes me informaban que no había ningún vale vista a mi nombre. Ante la falta de cumplimiento de los plazos, me comunico (desde le 8 de abril hasta hoy) por medio de redes sociales con AFP Plan Vital, con quien sería la persona que más información y contención a dado a las dificultades de la recepción de la devolución de fondos. El 6 de mayo me comenta que el depósito se había hecho. Cuestión que no calzaba con la información del BCI. El 10 de mayo me dirjo a la sucursal del banco en donde me indican que no hay vale vista a mi nombre y que la responsabilidad de enviar la información luego de ser aprobada es por parte de la AFP. Dicho esto voy de inmediato a la sucursal en donde me comentan que el vale vista no había sido emitido a principios de abril, como correspondía, porque la superintendencia de pensiones había fiscalizado y tomado todas las solicitudes de devolución en el extranjero para revisarlas, lo que había creado un retardo de más de un mes en la emisión de los documentos. La persona que me atiende revisa el historial del caso y me indica que hay un comentario que dice "que el empleador ya había aprobado una devolución", le explico que había sido la del año pasado pero que finalmente no la había recibido la beneficiaria. Ella me dice que esto podría no ser nada, pero que el día lunes, 13 de mayo me escribirá para confirmarme que todo iba bien con el trámite.Cuestión que no pasa. Me comunico con la misma persona por mail y con la comunity manager de rrss, comentándoles mi molestia por la espera de la devolución que ya incluía un total de 9 meses, quienes quedan de revisar el caso. Me dirijo al banco el dia 22 de mayo donde me informan que no hay vale vista a mi nombre, sino que está al nombre de la afiliada a la AFP, al explicarle el problema me comenta que debo hablar con el Jefe de servicio al cliente. Al conversar con él me dice que ellos únicamente reciben la información y emiten los vale vista, por lo que si hay un error en la emisión de los documentos debo conversarlo con la AFP. Una opción es que la AFP me devuelva el poder notarial y al presentarlo en el banco el vale vista estaría siendo recibido a mi nombre en un día hábil. Otra es que vuelvan a emitir el vale vista a mi nombre.Escribo a las empleadas de la AFP que están viendo mi caso, comentándoles las soluciones propuestas por el banco, de parte de las cuales sólo recibo la respuesta de que el vale vista estaba VENCIDO al momento de ser presentado (cuestión que no puede ser pues tenía al menos 3 semanas desde su emisión) y que por eso la devolución se había hecho a nombre de la afiliada. Y nada más. No hay un respaldo sobre si esta información es cierta. No hay tampoco la opción de retirar el poder y verificar esta información por la parte solicitante. No hay una respuesta clara sobre en que etapa de la solicitud se cometieron errores. Si esta información es cierta ¿por qué no se indicó el 21 de marzo?¿el 10 de mayo? ¿el 13 de mayo en el correo que iban a confirmar? ¿Por que´la comunicación solo se produce cuando el solicitante busca información?¿por qué no hay acompañamiento por parte de AFP al afiliado?¿Por qué no se proponen soluciones adecuadas a conformar al cliente? o se asumen responsabilidades...Necesitamos respuestas adecuadas y respetuosas. Ademas del dinero solicitado, que corresponde por derecho.
Autor: P.D.