- Ñuñoa, Chile
- 04, Noviembre 2019
- Número: 622944
Suspención de clases dirigidas en forma arbitraria e indefinida
PRESENTE
De acuerdo al contrato, en el punto A. Derechos de los socios, se indica que el gimnasio se obliga a proporcionar un número mínimo de 15 clases dirigidas a la semana, las que serán organizadas de conformidad a parámetros objetivos, tales como: necesidades de los socios, horarios de alta concurrencia, etc., con el fin de que sean utilizadas por un número mínimo de 10 socios, y en la letra C. Reglamento Interno: indica que durante el mes de Febrero, se suspenderán las clases dirigidas, lo mismo ocurrirá los días feriados.A partir del 22 de octubre, de forma unilateral, la cadena decidió suspender todas las clases dirigidas "hasta nuevo aviso" aludiendo a la inestabilidad actual que pone en riesgo a los socios y profesores. Cabe señalar que las sucursales continúan funcionando, los socios pueden asistir de forma regular y lo único que se encuentra suspendido son las clases dirigidas. Cabe señalar que contraté este gimnasio solo por estas clases y la calidad de los profesores que las imparten, a la fecha no hay solución. Por otra parte, los profesores reciben su pago solo por las clases que imparten, lo que da a lugar a concluir, que existe un beneficio económico para el gimnasio al no cumplir con el contrato respecto a las clases dirigidas manteniendo el cobro mensual a sus socios sin pagarle a los profesores.
Autor: A.L.