- Colina, Chile
- 24, Noviembre 2015
- Número: 354237
Perdida total de horno thomas en menos de cuatro dias de comprado
PRESENTE
Santiago, 18 de noviembre de 2015SeñoresHomecenter Mall Vespucio NortePresente.De mi consideración, Por medio de la presente, quiero manifestar mi más profundo malestar con la compra de un horno eléctrico de marca thomas en el local del Mall Vespucio Norte, toda vez que el aparato se encuentra defectuoso a niveles insostenibles, ello, debido a que ayer ocupé por segunda vez el mencionado horno eléctrico, para cocinar unas costillas de lomo al horno, cuando de pronto sentí un sonido fuertísimo y mi marido corrió a la cocina a ver que me había sucedido y se percató que había explotado el vidrio del horno, cuyos pedazos llegaron al living de nuestra casa, situación que me asustó mucho por el peligro que ello reviste para nuestra familia. Debo señalar a ustedes, que tenemos un hijo con recién 16 días de nacido, quien siempre me acompaña en su coche a todos lados. gracias a Dios, en el momento en que explotó el horno mi marido se había llevado a nuestra guagua recién al living. De sólo pensar que el bebé hubiera estado cerca a esa hora y le hubieran saltado los trozos vidrios, habría sido realmente catastrófico. O también podría haber afectado a mis otros dos hijos Matías y María Paz, quien en ese momento no se encontraba en casa, sino las consecuencias podrían haber sido aún más graves. Como es posible apreciar, estoy muy molesta y asustada con toda esta situación, por lo que necesito alguna explicación o respuesta de la empresa, ya estos hechos son de la máxima gravedad. Quiero señalar, que tengo copia de la boleta de la compra del horno que realicé recién el pasado domingo y también las imágenes de respaldo del estado de destrucción en que quedó el aparato, para así obtener la devolución del dinero y la indemnización correspondiente por la venta de un objeto en mal estado, lo cual atenta gravemente con lo establecido en la ley del consumidor. Por todas las razones esgrimidas y ante el evidente incumplimiento del contrato de compraventa de un objeto defectuoso que redundó en un hecho que podría haber producido un grave accidente a nuestra familia, es que conforme a derecho corresponde que se me haga devolución total del monto venta del horno defectuoso más el 50% a título de indemnización, pues las circunstancias descritas vulneran flagrantemente la normativa contemplada en la Ley N° 19.496 de protección al consumidor, en especial aquella descrita en sus artículos 2, 3, 3 bis, 19, 20 y 21. Esperando una pronta solución a esta lamentable situación, a fin de evitar recurrir a las Instituciones administrativas y judiciales pertinentes, se despide atentamente;Carolina González DíazPD: Se adjuntan imágenes del producto defectuoso y copia de la boleta de compra del horno.
Autor: C.G.