No Resuelto Muy Malo. Me respondío el jefe diciendo;
Estimado Álvaro, en relación al requerimiento y con el objetivo que solucione el problema le comento:
Lo que usted señala es muy recurrente en la información que entregan las instituciones como SII o Tesorería, lo que sucede es que cuando Notaria realiza el proceso de cierre y copias ,internamente por la página web, informan a dichas instituciones que cliente está comprando las unidades desglosadas en el formulario 2890, después en el proceso de la Inscripción CBR , el conservador ratifica y despacha el formulario a la institución (SII o Tesorería ) para que registren el nombre y las unidades que adquirió el cliente. Una vez que estas instituciones reciben la información, continua otro procedimiento donde individualizan las unidades y ponen el registro correspondiente de lo adquirido por el cliente, en ese proceso ellos no siempre regularizan la información que les llegó.
Como solución a su problema, el Cliente debe dirigirse a SII con su escritura y los certificados de inscripción en CBR a solicitar el cambio de nombre . O bien lo puede realizar por internet con su clave y la documentación antes señalada. Cabe señalar que solamente el cliente que tiene el dominio de la propiedad (titular), tienen la facultad de realizar esta gestión.
La carta o certificado que usted dice requerir no es entregada por nosotros como inmobiliaria.
Atte,
Angelo Rojas