Tengo un empresa importadora y hace varios meses que me llegan emails de una tal CONSTANZA VEGA RAMIREZ, Departamento de Cobranzas, Isapre Nueva Masvida S.A. diciendo que tenemos una deuda previsional de un tipo que nunca he visto en mi vida, 18.083.xxx-x BRAVO MENDEZ, CLAUDIO. Todos los emails han sido respondidos diciendo que no conocemos a esa persona, que no ha sido nunca empleado, etc, etc, y siguen con los emails y ahora apareció una empresa de cobranza externa. Me parece insólito que cualquier persona pueda decir que trabaja en una empresa, sin mostrar un contrato o algo.Caso aparte es la pereza de Contanza Vega Ramirez que no le interesan las respuestas, simplemente envía su email spam mes a mes y envía el cacho a cobranza, sabiendo que no tenemos nada que ver. . Ojalá, haga su pega y vaya a preguntarle al T.A.R.A.D.O porque dice que trabaja aquí y se deje de enviar basura,CONSTANZA VEGA RAMIREZDepartamento de Cobranzas.Isapre Nueva Masvida S.A.Email:
[email protected]: 2 32784467Despues otros email de CRISMARY UZCATEGUI, al teléfono 232784469, mail
[email protected] quién te dará a conocer la campaña de condonaciones que tenemos preparada para ti. Condonaciones de que? Increible ahora yo me puedo hacer el empleado de cualquier pyme para cobrar imposiciones gratis.Ahora me llegan emails de cobranza de estos I.M.B.E.C.I.L.E.S para que le vaya a regalar mi dinero a su oficina en plena cuarentena. Seguro ese empleado inventado es familiar de uno de estos inmorales. Esto me llegóAlternativa de pago:Pago en sucursal a documentar con chequesPor otro lado, como una manera de regularizar aquellas deudas que corresponden a trabajadores desvinculados agradeceremos enviarnos formularios que se encuentran a disposición para estos efectos. -Finalmente informo que por campaña del mes Julio se otorgara la condonación de los intereses, reajustes y recargo de cobranzas.ejecutivo: EN TIEMPO - SOLANGE VENEGASFono: 412727501Correo:
[email protected] lo anterior tiene como plazo para regularizar su deuda hasta el día 17-07-2020.La presente situación constituye un incumplimiento de lo estipulado en los artículos 30 y 31 de la ley 18.933, exponiéndose asimismo a las sanciones que la propia ley laboral estipula.Nota: Si Usted a la fecha ya regularizo favor dejar sin efecto este Correo.Atenta a una pronta respuesta,Saluda cordialmente,Entiempo SPA
Autor: B.C.