- Las Condes, Chile
- 12, Septiembre 2018
- Número: 527797
Cancelación de vuelo e incumplimiento de reglamento (ce) n° 261/2004 del parlamento europeo
PRESENTE
Con mi familia teníamos un vuelo desde Madrid a Chile. El vuelo se canceló por problemas técnicos en el avión. Nos alojaron en un hotel por la noche y nos subieron a un avión 24 horas después. Todos los pasajeros que viajan desde o hacia algún país perteneciente a la Unión Europea están resguardados por un Reglamento que establece un régimen de protección básica para el pasajero. El Reglamento aplica independiente de que la nacionalidad del pasajero sea externa a la Unión Europea. Latam Airlines no está cumpliendo con el Reglamento (CE) n° 261/2004 del Parlamento Europeo (https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?qid=1476179175834uri=CEL...), ya que en los artículos 5 y 7 se obliga a las aerolíneas a pagar compensación económica a los pasajeros debido a cancelaciones de vuelos. La compensación va de 250 a 600 euros según la distancia del vuelo. Para vuelos desde cualquier país de la Unión Europea a Chile o en trayecto inverso, la compensación es de 600 euros.Por otro lado, de acuerdo al artículo 14.2, las aerolíneas se ven obligadas a entregar "... a cada uno de los pasajeros afectados un impreso en el que se indiquen las normas en materia de compensación y asistencia ...", cosa que no realizan, claramente para que no conozcamos nuestros derechos.a pesar de realizar dos reclamos formales a través de servicio al cliente se niegan a pagar la compensación.Más información acerca de los derechos de los pasajeros aéreos de la UE:https://europa.eu/youreurope/citizens/travel/passenger-rights/air/index_...https://www.seguridadaerea.gob.es/lang_castellano/particulares/derechos_...
Autor: M.C.