- La Cruz, Chile
- 04, Abril 2019
- Número: 574955
Cobro de tag a persona que no corresponde. no aceptan reclamo
PRESENTE
La Cruz, 4 de marzo de 2019SeñoresIlustreMunicipalidad de Estación CentralSantiagoPresente Respuesta a la Carta Aviso- Cobranza Tag. Carta Nº 854199. Nº de parte: 355312. Corr .Mop 854199-MAC He encontrado, al llegar ayer 6 de marzo, de vuelta de mi trabajo, una carta de esa Corporación Municipal de Renca, de una Cobranza Administrativa, por la supuesta responsabilidad de mi suegra, Nilda Guillermina Marín Figueroa, RUT Nº 4.151.xxx-x a quien ustedes sindican como deudora de multa por “Infracción: al Art. 114 de la Ley Nº 18.290 del Tránsito. Edición actualizada 2010”. El lugar de la infracción sería “Pórtico de Peaje PA-25 Km. 0,800 de la ruta General Velásquez, calzada oriente, entre Alameda y Río Mapocho, comuna de Estación Central”. El hecho habría ocurrido a las 2:03 PM y la multa es de 1 UTM. Les explico que doña Nilda Guillermina Marín Figueroa, no vive en mi casa desde hace bastante tiempo y que, actualmente, se encuentra viviendo en la residencia de calle Wiermers Nº 35 de San F. de Limache, por lo que debieran hacerle llegar allá sus cobranzas. Aunque debo manifestarle que doña Nilda Guillermina M. F. es una adulta mayor, de 83 años, con serias limitaciones físicas y sicológicas, que está postrada en una cama, la que tiene una pensión mínima debido a un montepío que le dejó su marido, ex suboficial de la Armada de Chile. Además, debo informar que, alrededor del año 2.000 Nilda Guillermina Marín Figueroa, fue objeto de un fraude, luego de un viaje a Estados Unidos, apareciendo luego como la autora de la internación de un camión, ocupando beneficios que se daban a exiliados políticos y económicos de la época posterior a la Dictadura Militar, situación que no la contemplaba a ella, por ningún motivo. El caso se vio, por varios años en el Juzgado de San A. (con el antiguo sistema procesal penal), y se determinó que Nilda Guillermina Marín Figueroa, no tenía idea que había sido usada su identidad para ingresar fraudulentamente el vehículo, por lo que el caso se cerró, recibiendo como última información que había sido incautado y se encontraba en los corrales municipales de la comuna de S. Gorda en el norte del país. Esa decisión del Juzgado de San A. tendrá unos diez años, los que nos conformó como familia. sin embargo, desde los últimos meses del año pasado (2018), hemos estado recibiendo diversas cobranzas por parte de dos autopistas de Santiago, de la Municipalidad de Renca y, ahora, la de ustedes (Estación Central), por las cuales habría transitado el camión que estaría a nombre de mi suegra Nilda Guillermina Marín Figueroa. La situación se puso en conocimiento de las gerencias de las autopistas, personalmente y, también, a través del Servicio Nacional del consumidor, reclamos.cl y de ChileAtiende en un servicio de reclamos. sin embargo, la respuesta de las empresas ha sido que existe en el Registro Civil una inscripción del camión Scania placa patente RR4429-2 a nombre de Nilda Guillermina Marín Figueroa, lo que yo también confirmé al solicitar el documento a la institución. Ante el hecho evidente de un nuevo fraude, o una suplantación de identidad o el uso fraudulento de un instrumento público (placas patentes), aparte de otras gestiones delictuosas, hice la denuncia a la fiscalía Local de La Calera, la que investiga el caso bajo la causa R.U.C N1: 1900161xxx-x, solicitándose hasta ahora la detención del vehículo – que no tiene ni permiso de circulación- a través de carabineros, en todo el país, lo que permitiría conocer al verdadero propietario o quien ocupa las placas patentes indebidamente. He asumido personalmente este caso, en mi condición de yerno de doña Nilda Guillermina Marín Figueroa, más que nada por un tema humanitario, pues ella está imposibilitada de hacer cualquier gestión y por la nueva injusticia que se encuentra viviendo, en momentos que la vida se le escapa y en condiciones bastante complejas. La situación que vive doña Nilda Marín F. ha sido, incluso, portada de diarios y reportajes especiales, pues es muy evidente el hecho que ella pueda ser la propietaria de una vehículo cuyo costo supuestamente debe ser alto, lo que sería absolutamente inalcanzable para ella, que difícilmente puede costear los costos de sus remedios que la mantienen viva. Las deudas superan ya el millón de pesos y suman todos los días. Anteriormente, la Municipalidad de Renca decidió dejar sin efecto el Cobro debido a que era evidente que se trataba de un fraude. Les escribo con el fin que conozcan el caso, y para que sepan que a ella, se le hace imposible pagar las diversas sumas que le cobran las autopistas privadas y que la burocracia obliga a cobrar a las Municipalidades, que son de carácter público.También, manifiesto mi inquietud por el hecho que una carta que debió ser entregada personalmente, y según la ley 19.841, firmada por el receptor, se halla solamente lanzado al interior de mi casa, que, como dije, no corresponde al de doña Nilda Marín Figueroa, cuyos datos deben haber sido sacados, por el autor del fraude, de la publicación de los Registros Electorales, como seguramente lo resolverá la justicia que tiene a su haber la investigación de los hechos que relato, para su conocimiento. Saluda atentamente a usted: Miguel A. Núñez Mercado Los Cipreces Nº 3. V. el Bosque La Cruz Celular 9 61426153P:S. Presenté mi reclamo telefónicamente a la funcionaria municipal M. Vallejos, quien me señaló que la Municipalidad de Estación Central no acogía este tipo de reclamos y que debía hacerlo al Ministerio de Obras Públicas, o que lo hiciera Nilda Marín Figueroa, de 83 años, cuando sea citada por el tribunal.
Autor: M.N.