- Santiago, Chile
- 21, Octubre 2014
- Número: 301203
Incumplimiento de promesa comercial
PRESENTE
El pasado 6 de noviembre de 2012 contraté por el portal Santander el "Súper Seguro Total", seguro de cesantía que cubre gastos de tarjeta de crédito hasta 19 UF Dentro de la promesa comercial se indicaba que si se contrataba por la página web (portal santander.cl) se abonarían 10.000 kms lanpass a la cuenta del asegurado. Contraté el seguro y se me indicó que se haría el abono efectivo al mes subsiguiente, es decir, enero 2013. El número de póliza es 5500563854.Después de numerosos reclamos "manuales" en sucursales con nula respuesta, en septiembre de 2014 efectué los reclamos pertinentes por Atención al Cliente de Santander Seguros. Allí se me indicó que ello harían la gestión con Lan para el abono de los kilometros. Pasados algunos días, la respuesta generica que recibo es que Lan indica que "no hay campaña asociada, por tanto, no hay abono de kilometros". Me contacté con Zurich Santander Corredora de Seguros, donde solicité la renuncia con reparos de mi seguro, pero desgraciadamente por la mala atención y disposición de la ejecutiva, me hace ingreso de la solicitud 13992614 como "renuncia voluntaria" sin posibilidad de apelación.Dispuesto a llegar a las últimas instancias, hice solicitud de las campañas de seguros del 2012 por portal Santander. Allí se me negó la información solicitada (tanto por Santander y Zurich Santander) apelando que es "información que no cuentan en sus sistemas". Hice ingreso del reclamo 13992838, sin respuesta a la fecha.A la fecha, 21 de octubre de 2014, ni Santander ni Zurich Santander ha emitido respuesta respecto a mis reclamaciones. El equipo de Análisis y Resolución ni siquiera se ha dignado a contestar mis correos ni llamadas.Como cliente de Santander, me siento vulnerado: los cobros del seguro se siguen realizando vía PAT, a pesar de haber renunciado a la póliza. He elevado esta denuncia ante la SVS, pero Zurich Santander sigue negando entregar la documentación de campañas web y hacerse cargo del incumplimiento de contrato.
Autor: J.V.