Con fecha 30 de julio de 2026 me presenté personalmente en la sucursal Vitacura VOGE de la empresa Roland Spaarwater Ltda para la compra de una motocicleta Voge 625cu, gestión que se realizó de manera presencial. La aceptación formal del contrato de reserva N° 20940 quedó registrada vía correo electrónico ese mismo día, según consta expresamente en el propio documento contractual ("ACEPTADO VIA EMAIL"), pagando el monto total de $6.490.000.Con fecha 6 de agosto de 2026 —esto es, al octavo día corrido desde la compra, dentro del plazo legal de 10 días— me presenté personalmente en la sucursal Vitacura Voge para manifestar mi voluntad de retractarme de la compra, por motivos de fuerza mayor. Para formalizar esta manifestación, en esa misma instancia se envió un correo electrónico dirigido al área comercial (
[email protected]) dejando constancia expresa de mi retracto.El propio contrato suscrito con la empresa contempla textualmente, en su cláusula "Derecho a Retracto": "El cliente tiene derecho a retracto sobre la motocicleta adquirida, solo si ejerce este derecho de acuerdo a lo que establece la ley del consumidor, dentro del plazo de 10 días corridos desde la compra de este bien." Ejercí este derecho dentro de plazo.Asimismo, el mismo contrato establece en su cláusula "Sobre el desistimiento de la compra y la devolución de dinero" que la empresa realizará la devolución "a contar del décimo día hábil desde la recepción de la solicitud de devolución en la sucursal respectiva." Contado desde la recepción de mi solicitud (6 de agosto de 2026), dicho plazo venció el 20 de agosto de 2026. A la fecha de este reclamo (27 de agosto de 2026) han transcurrido 21 días corridos (15 días hábiles) desde que presenté mi solicitud, y 7 días corridos (5 días hábiles) de incumplimiento respecto del propio plazo que la empresa se obligó contractualmente a respetar, sin que se haya efectuado el reembolso.Durante todo este tiempo he estado en contacto con el Sr. Rodrigo Zenteno y con Diurbel Reyes, representantes de la empresa, quienes en cada oportunidad han justificado el retraso aludiendo a "temas administrativos y protocolares" internos de la empresa — motivos que no son de mi responsabilidad como consumidor y que no constituyen una causa válida para incumplir un plazo de devolución legal y contractualmente establecido.
Autor: L.W.