Este reclamo tiene más de seis meses de antigüedad
  • Conchalí, Chile
  • 04, Noviembre 2024
  • Número: 1052617

Socoal Ltda.

Retención pensión de alimentos

SEÑORES socoal ltda.

PRESENTE


la empresa SOCOAL hace oídos sordos de las sentencias judiciales.Desde julio de este año que se decreto la retención de los dineros del contador de la empresa y aún no lo hacen.ario de pensiones futuras.Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio remisor."El presente oficio bastará como suficiente notificación, para los efectos delartículo 8° de la Ley N° 14.908. Asimismo deberá acusar recibo de esta ordenjudicial dentro de quinto día de recepcionada.-Atendido lo dispuesto por el artículo 8° de la Ley 14.908 modificado por laLey 21.389, notifíquese Sociedad Comercial Álvarez y Álvarez LTDA., porcédula. Exhórtese al Juzgado de Familia de Antofagasta, por corresponderle suconocimiento y resolución.Notifíquese a las partes por medio de correo electrónico, y en el evento deno haberse informado se entenderán notificados por su sola inclusión en el estadodiario.RIT Z-4500-2023Resolvió Magistrado del Cuarto Juzgado de Familia de Santiago.
Objetivo: Obtener una solucion Que se cumpla lo que dicto el tribunal de familia
Autor: R.M.
Publicado el Lunes, Noviembre 4, 2024 - 10:04. El autor de este contenido se ha identificado privadamente con su nombre, rut y otros datos aportados voluntariamente. Para tomar contacto con el autor considere las alternativas están a disposición. Las opiniones publicadas por los usuarios en el foro no reflejan necesariamente la opinión de los administradores.