RECLAMO FORMAL POR COBROS INDEBIDOS, corte INJUSTIFICADO DEL SERVICIO, incumplimiento CONTRACTUAL Y DEFICIENTE ATENCIÓN AL CLIENTEFecha: 26 de junio 2026SeñoresVTRPor medio de la presente, interpongo un reclamo formal por la serie de errores administrativos, cobros indebidos, interrupción injustificada del servicio y deficiente atención recibida, situaciones que me han ocasionado perjuicios económicos, pérdida de tiempo y reiteradas molestias.Durante varios años mantuve contratados dos servicios con VTR en distintas direcciones:• San Miguel: Servicio Dúo Fénix.• Ñuñoa: Servicio de Internet, contratado aproximadamente durante cuatro años.Los hechos ocurrieron de la siguiente manera:1. término del servicio de ÑuñoaEl día 3 de junio de 2026 concurrí personalmente a la sucursal de Ñuñoa para solicitar el término definitivo del servicio de Internet correspondiente a dicha dirección, el cual fue suspendido ese mismo día, según comprobante N.° 1-282649583060.Posteriormente, el día 9 de junio de 2026, hice entrega del equipo correspondiente al servicio terminado, quedando registrado bajo el comprobante N.° 1-282649582666.2. Traslado del servicio desde San MiguelEl ejecutivo que me atendió indicó que debía esperar aproximadamente diez días antes de solicitar el traslado del servicio Dúo Fénix desde San Miguel hacia Ñuñoa, por lo que seguí exactamente sus instrucciones.El traslado fue coordinado telefónicamente y ejecutado el día 16 de junio de 2026.Es importante señalar que este servicio se encontraba completamente pagado hasta el día 20 de junio de 2026, ya que su ciclo de facturación corresponde del día 20 al día 20 de cada mes. En consecuencia, cualquier interrupción anticipada del servicio genera el derecho a la devolución proporcional de los días pagados y no utilizados.3. problemas en la instalaciónLuego de la instalación, el servicio quedó operativo, excepto VTR Play, plataforma que no funcionó desde el primer momento.Después de múltiples gestiones telefónicas, el problema recién fue solucionado dos días después de la instalación, sin que existiera una solución inmediata pese a tratarse de un servicio recién instalado.4. Cobro indebidoa pesar de que el servicio de Internet de Ñuñoa había sido terminado el 3 de junio, VTR continuó facturándolo como si hubiera permanecido activo durante todo el período.Debido a este evidente error administrativo, ingresé un reclamo solicitando la corrección del cobro indebido.5. corte unilateral del servicioLejos de solucionar el problema de facturación generado por la empresa, el día 18 de junio de 2026, aproximadamente a las 16:00 horas, VTR procedió a cortar unilateralmente el servicio Dúo Fénix recientemente trasladado.Este corte resulta absolutamente injustificado, ya que el servicio se encontraba pagado hasta el día 20 de junio y el único reclamo existente correspondía a un cobro erróneo realizado por la propia empresa respecto del antiguo servicio de Internet.Como consecuencia, además del perjuicio ocasionado por la interrupción del servicio, corresponde la devolución proporcional de los días pagados que no pudieron ser utilizados.6. Devolución de equiposEl día 19 de junio de 2026 concurrí nuevamente a la sucursal de Ñuñoa para devolver la totalidad de los equipos correspondientes tanto al servicio de San Miguel como al traslado efectuado hacia Ñuñoa.La recepción de los cuatro dispositivos quedó registrada bajo el comprobante N.° 1-283292752796, el cual obra en mi poder.7. Deficiente atención y múltiples gestiones innecesariasDurante todo este proceso he debido soportar una serie de situaciones que reflejan una grave falta de coordinación entre las distintas áreas de VTR.Entre ellas:• He recibido reiteradas llamadas telefónicas de distintos ejecutivos preguntándome qué ocurrió, debiendo explicar una y otra vez los mismos hechos, lo que demuestra que la información no es compartida internamente.• Se programaron visitas técnicas que posteriormente fueron canceladas por la propia empresa, para luego volver a enviar técnicos, generando una total desorganización.• Respecto del problema de VTR Play, telefónicamente se me indicó que la solución sería más rápida mediante atención por WhatsApp. sin embargo, ello no ocurrió y finalmente debí permanecer más de cuatro horas realizando gestiones telefónicas para obtener una solución.• En numerosas oportunidades la comunicación con algunos ejecutivos fue extremadamente difícil debido a problemas de dicción o pronunciación, lo que hizo aún más complejo resolver una situación que nunca debió producirse.Todo lo anterior significó pérdida de tiempo, múltiples desplazamientos a sucursales, reiteradas llamadas telefónicas y un desgaste completamente innecesario, originado exclusivamente por errores administrativos atribuibles a VTR.Por todo lo expuesto, solicito formalmente:1. La eliminación definitiva de todos los cobros efectuados por el servicio de Internet de Ñuñoa posteriores al 3 de junio de 2026.2. La devolución proporcional correspondiente al servicio Dúo Fénix que se encontraba pagado hasta el 20 de junio de 2026 y que fue suspendido anticipadamente por decisión unilateral de VTR.3. La revisión completa y regularización de toda mi facturación.4. Que se deje constancia de la devolución de todos los equipos entregados bajo los comprobantes indicados, eliminando cualquier eventual cobro asociado a equipos.5. Una explicación formal respecto del corte injustificado del servicio.6. La compensación que corresponda por los perjuicios ocasionados, considerando los cobros indebidos, la interrupción del servicio, el incumplimiento contractual, el tiempo invertido en múltiples gestiones, las reiteradas visitas y llamadas, y la deficiente atención recibida.Como cliente de VTR durante varios años, considero inaceptable el trato recibido y la sucesión de errores administrativos que afectaron gravemente la continuidad del servicio y generaron perjuicios que nunca debieron producirse.Espero una respuesta formal, fundada y una solución definitiva dentro de los plazos legales y reglamentarios aplicables.Atentamente,Nombre: Rosana Wong MRUT: 114685402Teléfono: 981585046Correo electrónico:
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Autor: R.W.