- Macul, Chile
- 23, Agosto 2022
- Número: 915936
Deuda de agua de arrendatario
PRESENTE
Mi arrendatario me dejó una deuda de AGUA en el depto. de mi propiedad. Con fecha 13 dic 2021 me restituyó mi inmueble, luego lo demandé judicialmente para que la deuda de AGUA que me dejó la pagara él (en razón del artículo 14 ley de arrendamiento N° 18.101 ). que dice: "Artículo 14.- En los juicios a que se refiere este Título en que se solicite la entrega del inmueble, el arrendador podrá hacer notificar la demanda a las empresas que suministren gas, energía eléctrica o agua potable, y en tal caso el demandado será el único responsable de los consumos mientras dure la ocupación del inmueble por él mismo o por las personas a su cargo. Las empresas no podrán excepcionarse alegando ignorancia del domicilio del deudor" El 12° juzgado civil de stgo. accedió a que su deuda se descuente del total de mi cuenta de AGUA y esa resolución se le notificó a su empresa EL 27 MAYO 2022, pero a la fecha aún me están cobrando el total de la deuda a mi.Es por lo anterior, que solicito se regularice en su sistema mi deuda descontando del total de ella lo que adeudó mi arrendatario hasta dic 2021 Y SE LE NOTIFIQUE A ÉL A SU NUEVO DOMICILIO.YO DEBO PAGAR SOLO LOS COBROS EL PERIODO.AGUAS ANDINAS NO ME ENTIENDO LO QUE LE DIGO (NO ES convenio DE PAGO) , QUE SE LLAMA DEUDA NO RADICADA Y NO ME REGULARIZAN MI CUENTA.
Objetivo:
Obtener una solucion
QUE ESTE CASO LO VEA UN ABOGADO DE AGAUS ANDINAS Y DEL TOTAL DE LA DEUDA SE DESCUENTE LO QUE ADEUDÓ MI ARRENDATARIO HASTA EL DIC 2021 CANDO DEJÓ MI DEPTO, Y DE ENERO 2022 EN ADELANTE SE ME COBRE A MI.
Autor: S.S.