- Coquimbo, Chile
- 20, Octubre 2022
- Número: 927256
El día 18/10/2022 en el pasaje A. Beaucheff #981 se llamo a carabineros 2 veces desde el móvil +56989660813 y se pidió que viniera al domicilio por un conflicto vecinal que origino la pareja de Roció C. R. que no tenemos conocimientos de su nombre y la madre de Roció C. nombre K. Cofre R. que incluía amenaza de golpes y muerte a mi esposa D. A. Ocaranza C. la amenaza fue hecha por Roció C. rango de edad 23 años y la amenaza fue dirigida a D. Ocaranza de 62 años, mientras ocurría esta situación 4 personas mas amenazaron de golpe a D. Ocaranza de 62 años, diciendo agresiones verbales y intentando hacer agresiones físicas. Cuando llego carabineros de Chile fueron a una casa directamente la cual fue la originaria del conflicto y no asistieron de forma prudente a los afectados que llamaron a la fuerza policial por ayuda lo cual no brindaron ni ayudaron a las victimas por conflictos de intereses de ellos tienen mas preferencia a otras familias que a la afectada y no es la primera vez violando el derecho de los Chilenos en merecer ser protegidos por dicha institución.carabineros de Chile no conforme con vulneraciones de nuestros derechos como ciudadanos y el no ser arbitrarios ante un conflicto vecinal no bastando con ese mal procedimiento atacaron con palabra no arbitrarias a D. Ocaranza C. de 62 años dando el favor a la familia C. R. teniendo en cuenta carabineros de Chile un video hecho por la familia afectada que demuestra que la familia A. Ocaranza solo estaba pidiendo algo que según la dirección de transito esta en todo lo correcto carabineros haciendo caso omiso a pruebas visuales y explicación lógicas de transito y sobre las amenazas de golpe y muerte no quisieron tomarle declaración a la familia victima de agresiones verbales y casi físicas sabiendo que es un derecho ante la ley que alguien se sienta protegido por dicha institución en base a estas amenazas no obstante de todo este conflicto fueron agresivos con la familia A. Ocaranza diciendo que nos podíamos estacionar en un pasaje angosto cuando queramos afuera de nuestro portón teniendo en cuenta visual que esta morada queda en el lado izquierdo del sentido del transito declarando que, artículos 148 y 159 explican que los vehículos “deberán ser estacionados al lado derecho de la calzada en el sentido del tránsito.Dando el favor a la familia C. R. de poner su vehículo afuera de un portón obstaculizando la salida del domicilio #981 no basta recalcar que el esposo de D. Ocaranza, S. A. A. sufre de diabetes tipo 2 y su edad 62 años, vulnerando su estado de salud y vida ya que carabineros hicieron caso omiso a las necesidades de un enfermedad crónica con alta posibilidad que tenga cualquier emergencia de salud.No tomando declaraciones o denuncias a los afectados, no fueron arbitrarios en ningún momento teniendo en cuanta que estábamos siendo las victimas tanto en infracciones del transito como vecinal aun siendo los que acorrieron a llamar para ser protegidos y brindar seguridad a los que hicieron el llamado hicieron todo lo contrario mandando a las victimas a otra comisaria ya que ellos por decisión propia escogieron no ayudar a la familia A. Ocaranza provocando que en cualquier momento se produzca una agresión física o mortal ante estos conflictos vecinales.
Objetivo:
Obtener una solucion
Que acogieran la demanda de la familia Altamirano Ocaranza como tuvo que ser desde un principio sobre las amenazas dichas por Roció carvajal Ramos y declarar que nunca nos han ayudado por conflictos de intereses dejándonos vulnerables antes vecinos agresivos violando todo tipo de protocolos de la institución policial.
Autor: D.O.