- , Chile
- 30, Abril 2024
- Número: 1027160
Tribunales De Familia
Procedimiento retrógrada
PRESENTE
Buenas tardes, Mi reclamo va dirigido a como se llevan los asuntos de familia en los tribunales, los derechos del padre que paga pensión (mi caso) y el de los beneficiados. Este es un tema delicado y trataré de ser lo más explícito posible y claro. También trataré de colocar un poco de humor para no hacer del reclamo algo tan pesado. Soy chileno, pero vivo en el extranjero, en la tierra del samba y la cachaça. Soy padre divorciado (gracias a Dios), tengo dos hijos con mi ex mujer (chilena), uno de los hijos una menor de edad y otro mayor de edad,. Los dos viviendo en Chile en la tierra de campeones (norte de Chile). Pago pensión desde que me divorcié (2011). Desde que me divorcié, perdí toda posibilidad de un contacto saludable con mis hijos. Mi ex-mujer se encargó de hacer un trabajo de lujo, sistemático y muy bien organizado, de lo que en otros países se reconoce como alienación parental pero que en Chile no existe como figura legal. a pesar de eso, siempre pagué mi pensión. Como dice mi ex mujer, 'poca plata', pero como yo digo 'siempre la pagué'. La cosa es que uno como divorciado sabe que en Chile no hay caso con querer hacer valer la ley y los derechos del padre que no se queda con los niños. En mi caso, gané en tribunales la posibilidad de ver a mis hijos todos los veranos, pero eso en rigor estricto nunca se cumplió porque la mamá se encargó de preparar el más negativo escenario en contra mía. Mi mujer dirá 'tu padre renunció a sus derechos de padre', pero la verdad es que ella nunca hizo nada para favorecer la relación padre-hijos. La ley, como siempre, le dio el favor y de excelente padre, pasé a la categoría de 'monstruo mala influencia'. Como ustedes leerán, mi ex mujer es una pieza de colección, digna de la mejor psicopatía en contra de su ex, que tiene patente y licencia en tribunales para meterme cuanto proceso quiera. En fin, todo lo anterior fue escrito como una forma de descargo de tantos años de silencio. A continuación, voy directo al motivo de mi reclamo.En Chile, uno paga pensión hasta que los menores cumplan 21 años, o sigue pagando hasta los 28 años si los beneficiarios, en la etapa de adulto, continúan estudiando alguna carrera profesional. Espero haber escrito esto de forma legalmente correcta. La cosa es que en Chile (y eso solo pasa en Chile), el que paga pensión (o sea yo), debe demostrar que los beneficiarios no cumplen con los requisitos para no continuar recibiendo este beneficio. Si usted como pagador no lo demuestra, el beneficiario (o sea los hijos) pueden seguir recibiendo la pensión de su padre a pesar de estos estar trabajando y no estudiando. Es decir, el cuidando (o sea mi ex mujer) puede continuar recibiendo una plata que en rigor estricto sabe que no merece porque los hijos ya no estudian. Así es la cosa en Chile y uno puede ir hasta preso por no pagar algo que en realidad no deberías pagar. Desde mi punto de vista, quién recibe un beneficio, debe demostrar que cumple con los requisitos para recibirlo. O sea, en mi opinión la ley debería cambiar y obligar a los beneficiarios a demostrar que son merecedores de recibir una pensión aún después de cumplir la mayoría de edad.Yo creo que si queremos construir una sociedad igualitaria, no se puede permitir que este tipo de cosas continúen ocurriendo. En tiempos actuales, en donde muchos de nosotros somos divorciados y tenemos nuevas familias, ese tipo de cobros, que no cumplen con los requisitos para ser pagados, deben ser modificados por ley.saludos para todos y a continuar pagando porque o si no, la cana nos espera.....
Objetivo:
Obtener una solucion
Que la ley sea cambiada.
Autor: P.H.