Este reclamo tiene más de seis meses de antigüedad
  • La Cisterna, Chile
  • 30, Junio 2025
  • Número: 1080281

Fariña Propiedades Y Administración Edificio Santa Elisa 490

Corredora fariña y edificio santa elisa 490: negligencia grave, c

SEÑORES fariña propiedades y administración edificio santa elisa 490

PRESENTE


En 2024 arrendé el departamento 1204 del edificio Santa Elisa 490, La Cisterna, a través de la corredora Fariña Propiedades. Desde el inicio, sufrí cobros exageradamente altos de electricidad, sin justificación, a pesar de no estar en casa durante el día por mi trabajo.Advertí la situación en reiteradas ocasiones tanto a la corredora Fariña como a la administración del edificio, y ninguna de las partes dio solución ni gestionó revisión técnica alguna, dejándome sola frente a una deuda injusta que alcanzó los $265.000. En solo 3 mesesAnte la falta total de respuesta, presenté un reclamo formal en la superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), el cual fue acogido completamente a mi favor mediante la resolución ORD N.º 289279, emitida el 30 de junio de 2025.La resolución del SEC instruyó a ENEL eliminar los cobros indebidos por no haber acreditado medición ni facturación adecuada, y dejó en evidencia un problema estructural en el alimentador eléctrico del edificio, del cual tanto la corredora como la administración eran responsables y nunca hicieron nada.Durante este tiempo:Fui hostigada por la administración,Ignorada por Fariña Propiedades,Y obligada a enfrentar sola un conflicto legal que se pudo evitar si hubieran actuado con la debida diligencia.Exijo:Una disculpa formal de ambas partes,Y una indemnización por los daños económicos, emocionales y legales sufridos como consecuencia directa de su negligencia.Este reclamo queda público como advertencia a otras personas que consideren arrendar con Fariña Propiedades o vivir en el Edificio Santa Elisa 490.No se hacen responsables. no responden. No protegen al arrendatario.
Objetivo: Obtener una compensacion economica Disculpas formales de la corredora Fariña y/o de la administración del edificio. Indemnización económica por: El dinero injustamente cobrado El daño emocional, el estrés y el tiempo perdido.
Autor: P.C.
Publicado el Lunes, Junio 30, 2025 - 21:39. El autor de este contenido se ha identificado privadamente con su nombre, rut y otros datos aportados voluntariamente. Para tomar contacto con el autor considere las alternativas están a disposición. Las opiniones publicadas por los usuarios en el foro no reflejan necesariamente la opinión de los administradores.