• Concepción, Chile
  • 26, Agosto 2026
  • Número: 1122095

Dirección Nacional Y Dirección Regional Biobío De La Administradora De Fondos De Cesantía (Afc Chile)

Recurso De Impugnación Y

SEÑORES Dirección Nacional y Dirección Regional Biobío de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC Chile)

PRESENTE


CARTA DE DESCARGO Y RECLAMO ADMINISTRATIVO FORMALRECURSO DE IMPUGNACIÓN Y PROTESTA POR arbitrariedad ESTRUCTURAL, DISCRIMINACIÓN DE EDAD Y EXCLUSIÓN DE LA PROTECCIÓN SOCIAL A LA MUJER PROFESIONAL Y JEFA DE HOGARA:Dirección Nacional y Dirección Regional Biobío de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC Chile)superintendencia de Pensiones (Subsecretaría de Previsión Social)Dirección Regional del Servicio de Cooperación Técnica (SERCOTEC Biobío)Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género (MINMUJER) – Atención Ciudadana / OIRSContraloría General de la República (División de Protección de Derechos)DE:Susana Andrea Muñoz PérezTécnica en Construcción (Titulada DUOC UC)Domicilio: Concepción, Región del BiobíoCalidad: Madre Soltera, Jefa de Hogar Monoparental (con dos hijos: uno universitario y otro en proceso de ingreso)I. EXPOSICIÓN DE LOS HECHOS Y SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD INDUCIDAPor medio de la presente, en mi calidad de ciudadana, contribuyente, profesional del área de la construcción y sostenedora única de mi núcleo familiar, me dirijo a los estamentos gubernamentales y fiscalizadores competentes para interponer un formal, severo e inequívoco descargo administrativo. Lo anterior surge frente al abandono institucional, la arbitrariedad en los filtros de acceso a los beneficios del Estado y la violencia económica implícita ejercida por las normativas vigentes del Fondo de Cesantía Solidario (FCS) y los programas de fomento productivo estatal como el Capital Semilla Modo Empleo 2026 de SERCOTEC.Actualmente tengo 49 años. Soy madre soltera y asumo, de manera absolutamente en solitario y sin asistencia de terceros, la sustentación de mis dos hijos: uno de ellos cursa estudios universitarios y el segundo se encuentra ad portas de ingresar a la Educación Superior. Acumulo 9 meses en situación de desocupación involuntaria, buscando incansablemente un puesto laboral en el mercado formal de la construcción e inspección técnica.Pese a poseer una sólida preparación técnica y competencias comprobables en sistemas de gestión de calidad (ISO 9001), el mercado laboral privado me expulsa sistemáticamente aplicando una barrera no declarada pero implacable: el sesgo etario. A los 49 años, el sector productivo considera a la mujer profesional como "obsoleta" o "fuera de rango", cerrando toda oportunidad de contratación asalariada.sin embargo, el drama socioeconómico que sufro junto a mis hijos no proviene únicamente del sector privado, sino de la implacable frialdad normativa del Estado de Chile. Al recurrir a los mecanismos de protección social y al intentar reconvertirme económicamente mediante el emprendimiento formal, me he topado con un muro de trabas burocráticas, copagos imposibles y exclusiones punitivas.II. MARCO DE IMPUGNACIÓN LEGAL Y FUNDAMENTOS TÉCNICOS1. arbitrariedad y Desprotección en el Fondo de Cesantía Solidario (Ley N° 19.728 y sus modificaciones)La Ley N° 19.728 establece el Seguro de Cesantía y la creación del Fondo de Cesantía Solidario (FCS) como un mecanismo de resguardo ante la contingencia del desempleo. No obstante, el diseño normativo del FCS vulnera flagrantemente el espíritu de la seguridad social garantizado en el Artículo 19 N° 18 de la Constitución Política de la República de Chile al imponer restricciones que desamparan al desempleado de larga duración:Incompatibilidad y Agotamiento Prematuro: El sistema impone como requisito para acceder al FCS un número mínimo de cotizaciones previas (10 cotizaciones en los últimos 24 meses) y causales específicas de despido. Una vez agotado el tramo de giros decrecientes (los cuales no alcanzan a cubrir las necesidades básicas de un hogar), el trabajador queda en un limbo de desprotección total a partir del quinto o sexto mes, independientemente de si la cesantía persiste de manera involuntaria.Inexistencia de Subsidio por Cesantía Prolongada: Al cumplir 9 meses sin empleo, el Estado retira todo apoyo económico a la trabajadora, dejando a una jefa de hogar con cargas de educación superior completamente a la deriva. Se fuerza la inscripción en la Bolsa Nacional de Empleo (BNE) como trámite de control administrativo, sin que dicha plataforma genere intermediación laboral efectiva para profesionales maduras en la Región del Biobío.2. vicios y Criterios Excluyentes en el Capital Semilla Modo Empleo 2026 (SERCOTEC Biobío)Frente a la imposibilidad de emplearme, decidí ejercer mi derecho a la reconversión laboral fabricando y comercializando productos cosméticos artesanales (jabones). Al analizar las bases del programa Capital Semilla Modo Empleo 2026 del Gobierno Regional y SERCOTEC Biobío, la indignación se profundiza al constatar barreras estructurales:El Filtro arbitrario del Cofinanciamiento y Cargas Impositivas: Para acceder al subsidio de $3.000.000 netos, las bases exigen que la persona desempleada aporte un 3% de cofinanciamiento empresarial en dinero efectivo ($90.000), sumado a la obligación de financiar de su propio bolsillo el 100% del IVA (19%) generado por las compras e inversiones del proyecto. ¡Es una aberración institucional exigirle a una mujer que lleva 9 meses sin ingresos que desembolse cientos de miles de pesos en impuestos y aportes para poder acceder a un fondo de reconversión! Se transforma un instrumento de ayuda en un privilegio al que solo pueden postular quienes tienen liquidez previa.La Discriminación Etaria Implícita e Invisible: El tramo de 49 años se ubica en un vacío de políticas públicas. La oferta estatal suele segmentar sus recursos en jóvenes o adultos mayores, ignorando a la mujer de 49 años que está en su plena capacidad intelectual y productiva, nhưng que enfrentan la mayor tasa de subutilización laboral femenina en la Región del Biobío, la cual bordea el 25.8% a 26% según los datos oficiales de la Encuesta Nacional de Empleo (ENE) del INE.El Castigo al Historial Profesional: Poseer un título de Educación Superior se convierte en un estigma. Para el sistema de Protección Social del Ministerio de Desarrollo Social (RSH), una profesional "no califica" para subsidios de emergencia por su historial formativo. Para el mercado privado, la profesional de 49 años es "vieja". Y para los fondos de fomento, el acceso está supeditado a exigencias financieras inalcanzables para quien atraviesa una crisis prolongada.3. Vulneración de Principios Jurídicos FundamentalesLas condiciones descritas configuran una trasgresión abierta a preceptos constitucionales y tratados internacionales ratificados por Chile:Principio de Igualdad y No Discriminación Arbitraria (Art. 19 N° 2 de la Constitución): Establecer requisitos económicos de cofinanciamiento o barreras etarias indirectas para personas desempleadas vulnera la igualdad en el trato que el Estado debe otorgar a todos sus ciudadanos.Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW): El Estado de Chile incumple el compromiso de garantizar la autonomía económica de la mujer y la erradicación de la violencia económica, al no adecuar los programas de fomento a las jefas de hogar monoparentales en situación de cesantía sobreviniente.El Derecho al Trabajo y a su Protección (Art. 19 N° 16 de la Constitución): Si el Estado no es capaz de asegurar las condiciones para un empleo libre y digno a profesionales de 49 años, está constitucionalmente obligado a proveer los medios de reconversión sin exigir barreras de pago impositivo de entrada.III. PETITORIO Y EXIGENCIAS FORMALESPor todo lo precedentemente expuesto, en un acto de justicia elemental y ejercicio pleno de mis derechos ciudadanos, solicito Y EXIJO a las autoridades destinatarias:A LA ADMINISTRADORA DE FONDOS DE CESANTÍA (AFC) Y superintendencia DE PENSIONES:La revisión de los antecedentes de mi cuenta individual y la activación de un mecanismo extraordinario de protección o extensión de coberturas del Fondo de Cesantía Solidario, considerando mi condición comprobada de cesantía involuntaria por 9 meses y mi calidad de única sostenedora de cargas educacionales superiores.A LA DIRECCIÓN REGIONAL DE SERCOTEC Y GOBIERNO REGIONAL DEL BIOBÍO:La revisión de las bases del Capital Semilla Modo Empleo 2026, solicitando formalmente la exención o diferimiento del cofinanciamiento empresarial y el diseño de un mecanismo de absorción del IVA para postulantes en situación de cesantía prolongada demostrable.La eliminación definitiva de todo sesgo o filtro de edad directo o indirecto que postergue a las mujeres de entre 35 y 59 años en los puntajes de preselección.AL MINISTERIO DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO (MINMUJER):La intervención directa ante los Ministerios de Economía y Trabajo para objetar la estructura actual de los fondos concursables, incorporando un enfoque de género real que proteja a las madres solteras y profesionales maduras que sufren violencia económica institucional al ser excluidas simultáneamente del empleo y del fomento.A LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA:Tener por ingresado este descargo como antecedente formal sobre la eventual arbitrariedad en los criterios de focalización y exigencias de copago en los programas de financiamiento público ejecutados con recursos regionales en la Región del Biobío.No se está solicitando asistencialismo ni dádivas; se exige el derecho fundamental a la reconversión económica, a la dignidad laboral y a la sustentación autónoma de mi familia. El esfuerzo formativo de años y la contribución tributaria entregada a este país no pueden ser respondidos con la indiferencia y el abandono de la burocracia estatal.Ruego proceder a la tramitación de la presente presentación y emitir respuesta formal a través de las Oficinas de Información, reclamos y Sugerencias (OIRS) dentro de los plazos legales establecidos por la Ley N° 19.880 sobre Procedimientos Administrativos.Atentamente,Susana Andrea Muñoz Pérez
Objetivo: Dar a conocer mi experiencia Son muchos los problemas presentados, por lo cual están los organismos pertinentes para que den una solución
Autor: S.M.
Publicado el Miércoles, Agosto 26, 2026 - 13:49. El autor de este contenido se ha identificado privadamente con su nombre, rut y otros datos aportados voluntariamente. Para tomar contacto con el autor considere las alternativas están a disposición. Las opiniones publicadas por los usuarios en el foro no reflejan necesariamente la opinión de los administradores.