- Ñuñoa, Chile
- 24, Marzo 2026
- Número: 1108632
Develop Propiedades
Abusos con cobro de deposito
PRESENTE
El cobro realizado por la inmobiliaria/administración resulta improcedente y carece de fundamento, ya que incluye conceptos que no corresponden al arrendatario conforme al uso normal del inmueble.El departamento fue entregado en óptimas condiciones, incluyendo pintura en buen estado, lo cual fue recibido y aceptado por la corredora al momento de la entrega, sin observaciones formales. Asimismo, se están imputando costos por sarro en llaves de cocina, tina y lavamanos, situación atribuible al desgaste natural por uso, y no a un mal uso o daño imputable al arrendatario. Cabe señalar además que dichas llaves no fueron entregadas nuevas al inicio del contrato.Adicionalmente, se está cobrando mantención de sifón que ya fue realizada y debidamente respaldada por nuestra parte, junto con un cobro extra de gastos comunes que no corresponde ya que lo enviado por el edificio fue un monto y ellos están cobrando un monto adicional, considerando que existe un saldo a favor previamente acreditado.Por lo anterior, se solicita la revisión completa de los cobros efectuados, la eliminación de aquellos improcedentes y la restitución íntegra de los montos retenidos indebidamente.
Objetivo:
Que se corrijan estas fallas
La empresa debe limitar los cobros a aquellos conceptos que efectivamente corresponden, tales como los gastos comunes hasta el último mes de arriendo, así como los servicios básicos de luz y agua, y la limpieza del inmueble conforme a su normativa interna.
Sin embargo, estimamos improcedente el cobro por concepto de pintura del departamento, ya que este fue entregado debidamente pintado al momento de la restitución. Asimismo, no corresponde el cobro por mantención de sifón la cual fue realizada y respaldada por nuestra parte ni el reemplazo de llaves de lavamanos, tina y lavaplatos, dado que estas se encontraban en correcto funcionamiento. La presencia de sarro responde a condiciones normales del agua en Santiago y al desgaste propio de un uso habitual durante un periodo de un año. Y cobro adicional sin ser soportado por el edificio.
Autor: E.C.