Este reclamo tiene más de seis meses de antigüedad
  • Temuco, Chile
  • 25, Marzo 2020
  • Número: 654739

Primer Conservador De Bienes Raíces De Temuco

No da cumplimiento a la ley 19253 12927 6026 18314 y al art 314 al 291 y 292 al

SEÑORES Primer conservador de bienes raíces de Temuco

PRESENTE


Reitero mi último reclamo de enero de 2019 y denunció en contra del primer conservador de bienes raíces de Temuco que no da cumplimiento al arancel de archivos y conservadores y no da cumplimiento a la ley 12927-6024-18314-20390-20393-20000-art 314 al 292 al 298 del código penal y a la ley 19253 y ley 17729 y a la ley 18120 infracciones que son públicas e inscritas en causa rol n 111355-2003 del primer juzgado civil de Temuco y causa rol n 50595-2000 del segundo juzgado civil de Temuco y causa rol n 673-2005 y causa rol n 12082-2003 del tercer juzgado civil de Temuco solicito se condene al funcionario culpable al máximo de las penas y a que me indemnice por perjuicios y daños que me causa de unos cuarenta y cinco mil millones de pesos para mis gastos necesarios y urgentes , en calidad de urgente sin perjuicio que el monto total de los daños y estragos y atentados a mi propiedad y persona son trillones de millones de dólares convertidos a moneda nacional de chile los que tienen que pagarme en calidad de urgente igual el grupo de funcionarios asociados del estado de chile y extranjeros y que se acumulan en los tribunales de Temuco y causan perjuicios a terceros por un monto en dinero que desconozco corresponde que se condene al grupo asociado a la pena de muerte con costas en mérito del reglamento del conservador de bienes raíces y del art 19 n 1 inc 3 y solicito anotar la constancia.
Autor: H.E.
Publicado el Miércoles, Marzo 25, 2020 - 18:00. El autor de este contenido se ha identificado privadamente con su nombre, rut y otros datos aportados voluntariamente. Para tomar contacto con el autor considere las alternativas están a disposición. Las opiniones publicadas por los usuarios en el foro no reflejan necesariamente la opinión de los administradores.