compin - plazos

Jueves 20, Octubre 2011, Número de Reclamo: 180374

Estimados, tengo varias licencias con los plazos completamente precluidos.


La mas atrazada hasta el momento es la de fecha 01/09/2011.


Compin habla de q tienen 60 días de plazo para aprobar una licencia lo q no es real de acuerdo al Decrreto 3 de 1989 en sus art 24 y 25, en donde se establecen claramente los plazos en donde estan distinguidos plazos de recepción de una licencia, asi como tb para q la objeten o pidan examenes extra. Prescrito el plazo y ante el silencio del servicio, se debe proceder al pago.


Cito: "Artículo 24°.- La Unidad de Licencias Médicas tendrá RES 306, SALUD


un plazo de tres días hábiles, contado desde la fecha Art. 1º Nº 19


de recepción, para pronunciarse sobre la licencia, el D.O. 31.07.1989


que podrá ampliarse por otro período igual, en caso que


los antecedentes requieran estudio especial, dejándose


constancia de esta circunstancia.


Cuando, a juicio del facultativo que autoriza, sea


necesario un nuevo examen del trabajador o solicitar


informes o exámenes complementarios para pronunciarse


sobre la licencia, el plazo se prorrogará por el lapso


necesario para el cumplimiento de estas diligencias,


decisión que deberá comunicarse al trabajador y al DTO 168, SALUD


empleador; este plazo no podrá exceder de 30 días. Art. único


La Compin tendrá un plazo de siete días hábiles para Nº 2 y 14 a)


pronunciarse sobre las licencias, el que se contará D.O. 16.03.2006


desde la fecha en que el respectivo formulario se haya


recepcionado en la secretaría de dicha Compin. Este


plazo podrá ampliarse por otros siete días hábiles en


caso que los antecedentes requieran estudio especial,


dejándose constancia de ese hecho. Cuando a juicio de


la Compin, sea necesario un nuevo examen del trabajador


o solicitar informes o exámenes complementarios para


pronunciarse sobre la licencia, el plazo se prorrogará


por el lapso necesario para el cumplimiento de esas


diligencias el que no podrá exceder de 60 días,


decisión que deberá ser comunicada al trabajador y


al empleador.


Las ISAPRE, en su caso, y previo el cumplimiento de


lo dispuesto en el artículo 19 de este reglamento,


deberán pronunciarse sobre las licencias médicas que les


corresponda autorizar, dentro del plazo fatal de tres


días hábiles, contados desde la fecha de presentación y DTO 168, SALUD


recepción conforme en sus oficinas, de la respectiva Art. único Nº 14


licencia. b)


D.O. 16.03.2006


Artículo 25°.- Transcurridos los términos indicados


en el artículo precedente, sin que la entidad competente


emita el pronunciamiento respectivo sobre la licencia,


ésta se entenderá autorizada y se procederá a los


trámites para su pago y demás efectos legales, si


correspondiere.


En el caso de las Compin corresponderá al DTO 168, SALUD


respectivo Seremi fiscalizar el cumplimiento de Art. único


los plazos de autorización de las licencias. Nº 2 y 15


En el caso de las Isapre, corresponde a la D.O. 16.03.2006


superintendencia de Salud fiscalizar los aspectos


procesales del ejercicio del derecho del cotizante para


recurrir ante la Compin correspondiente, en el caso que


la Isapre rechace o modifique la licencia, así como del


derecho del empleador en el caso que se haya autorizado


la licencia."



Ahora bien, cuando uno menciona los VERDADEROS PLAZOS a nadie en COMPIN parece importarle, ya q cito textual: "Estamos llenos de reclamos, tiene suerte de que su tramite vaya a salir rapido, hay otros que demoran mas".



A este servicio realmente no parecen importarle los plazos verdaderos y se aprovechan de la desinformación de la gente para hacerles creer que deben esperar para el pago de sus licencias 60 días.


Es una verdadera verguenza.



Quise seguir los pasos necesarios para hacer efectivo mi reclamo y me dirigí a la OIRS de compin temuco Ubicada en calle Rodriguez.


Ahí cuando pedí libro de reclamos, me entregaron una hoja tamaño carta.



Aludi a q era obligación del servicio tener un libro de reclamos y no una hoja suelta blanca sin foliar, q no me daba ninguna seguridad de q mi reclamo sería revisado.



La funcionaria me dijo q ellos ya no usaban libro de reclamos pero q me daría un comprobante y que debo esperar 10 días para su resolución.



10 Días mas para una resolución de algo q esta completamente fuera de plazo !!!!! Donde se guarda las leyes este servicio????



Luego traté de ir a la defensoría Ciudaddana q es el paso siguiente a seguir cuando no se da solución al problema, pero para mi desgracia y sorpresa ésta q se ubicaba en Prat 696 en una oficina del 3er piso, se había ido hace 8 meses.



De todas formas en Compin me dijeron q ellos se regían SOLO por Contraloría, asi q daba lo mismo si uno llevaba abogados, defensoría o lo q fuera.



Ellos impunemente vulneran los plazos sin sanción alguna asi como tb le faltan el respeto a la gente dando información sobre los plazos q no obedece a la verdad.



Ayudenme, porfavor que puedo hacer en este caso???


Dicen q una de mis licencias, la mas atrazada q es la del 1ero de septiembre de este año está ya autorizada, pero está autorizada desde el 12 de septiembre; hoy es 20 de Septiembre y no la envían a la caja de compensación.



Si alguien me puede indicar q hacer estaría muy agradecida.



Publicado por: IP 201.188.130.167
Jueves, Octubre 20, 2011 - 14:16
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