- Maipú, Chile
- 29, Julio 2015
- Número: 337451
Arbitrariedad servicio "al portador"
PRESENTE
Perdí mi tarjeta bip y al momento de querer bloquearla llamando a atención al cliente señalan que es imposible bloquearla o traspasar mi saldo porque las condiciones de la tarjeta bip común y corriente es que es "al portador". Dicho contrato es arbitrario ya que la tarjeta tiene un número de identificación lo cual permite perfectamente realizar un traspaso o bloqueo señalando el número de tarjeta. No obstante el servicio ofrece una tarjeta personalizada que para obtenerla debo pagar el doble del valor de una tarjeta común y no está disponible en todos los centros de recarga. Tal vez no recupere el saldode mi tarjeta, ni mi tarjeta, pero espero que en algún momento en Chile las cosas sean transparentes y equitativas, no debiera existir diferencia entre tarjeta personalizada y tarjeta "al portador", ¿Por qué debemos asumir esa diferencia? ¿Porqué debo pagar demás por un sistema que por ética debiera tener estas garantías? No estoy de acuerdo con el sistema avasallador, al momento en que yo adquiero mi tarjeta ésta debiera tener la posibilidad de quedar asociada a mi rut, de esta manera tener el mismo derecho de bloquear o traspasar saldo de mi tarjeta. Tarjeta bip es parte del sistema público, ¿Dónde están mis derechos?
Autor: P.S.