Estimada Sra Windy Pacheco
Muy buenas tardes!
Analizando los antecedentes de su caso podemos informar lo siguiente:
Lastimosamente su contrato se encuentra fuera de plazo legar para ejercer el derecho a retracto de manera unilateral.Efectivamente en nuestro contrato se estipula lo siguiente : el contrato podrá terminar anticipadamente a solicitud escrita del Titular del contrato, señalando la razón de la petición y adjuntando los antecedentes escritos, en original o copia autorizada ante notario que la acrediten, la que será evaluada por el departamento comercial de la empresa. De aprobarse la solicitud de término de contrato, éste se considerará finalizado desde la fecha de la aceptación.Como bien se informa la documentación se analizo y no corresponde realizar anulación de contrato , por tales motivos se le ha informado mediante nuestra ejecutiva que no se acepta dicha solicitud,aun cuando el problema no corresponde a un incumplimiento comercial, hemos buscado todas las alternativas tanto académicas como económicas para dar solución a su problemática, lamentablemente no ha aceptado ninguna de ellas.
Es importante aclarar a que nuestra empresa respeta y se adhiere a la ley de retracto , la cual se cumple a cabalidad, para mayor información dejamos un estracto para que pueda resolver su inquietud : Artículo 3º bis.- El consumidor podrá poner término unilateralmente al contrato en el plazo de 10 días contados desde la recepción del producto o desde la contratación
del servicio y antes de la prestación del mismo.
Cabe destacar que nuestra empresa cuenta con un proceso administrativo llamado Verificación el cual es un procedimiento empleado por nuestra empresa para la vinculación de matrículas y usuarios el cual es independiente al proceso de publicidad o comercialización que va de 24 a 48 Hrs posteriores al proceso de contratación. Dicho proceso de verificación comercial pretende, aclarar la promesa básica de aprendizaje, dar tiempo al titular para evaluar las condiciones generales de contratación, ratificar las condiciones comerciales (académicas y económicas), activar sus accesos a nuestros sistemas Sisk, entregar Brochure con todos los servicios y por supuesto, aclarar cualquier duda de su parte. Todos estos procesos fueron ejecutados en tiempo y forma, aceptando usted todas las condiciones descritas a plena satisfacción.
Se informa que KOE cumple con todas las normas que dispone la Ley N° 19.496. Cabe señalar que principalmente se envía al deudor un correo invitándolo a que pague su mensualidad que presenta atraso y posterior a este proceso se realizan las notificaciones, y en tal sentido nuestro contrato y condiciones pactadas se ajustan completamente a derecho.
Lo invitamos nuevamente a una reunión personalizada en donde con gusto buscaremos las mejores vías de solución al conflicto planteado , dicha reunión se realizara mediante conexión remota Vía zoom con el señor con nuestro Jefe Nacional de cobranza, la puede solicitar al correo
[email protected] o bien debe llamar al número +56224320517.