Nos llegó una notificación de falta de pago de cuotas del crédito de uno de los colaboradores de nuestra organización. La notificación, que incluía una amenaza de suspensión de beneficios para la organización, indicaba que debíamos ponernos en contacto con la siguiente dirección de correo elctrónico para regularizar la situación:
[email protected] realizar dos observaciones:1) cómo podemos enterarnos que debemos retener el monto asociado con la cuota de un crédito si NUNCA nos llegó notificación alguna por parte de Los Andes? Acaso debemos adivinarlo?2) Sugiero, como mejor práctica, que si van a indicar que debemos comunicarnos via una dirección de correo electrónica, que por lo menos alguien se digne a responder nuestra solicitud de detalles de lo adeudado. Difícilmente podemos ponernos al día si nadie nos aclara qué es lo que debemos pagar. Quedo atento a su respuesta.
Autor: S.C.