- Santiago, Chile
- 24, Marzo 2025
- Número: 1069313
Vulneración de mis derechos fundamentales y derecho ala salud

PRESENTE
Estimados señores,La Isapre Banmédica rechazó la licencia médica con folio No 96680644, otorgada por un médico cirujano por una cirugía de colecistectomía, una patología que se encuentra dentro del régimen de Garantías Explícitas en Salud (GES). Esta licencia fue debidamente documentada y justificada por el profesional médico tratante, cumpliendo con todos los requisitos establecidos. Dicho rechazo motivó la presentación del reclamo ante la COMPIN, la cual, mediante la Resolución Exenta N° 138-24-013111 de fecha 20/02/2024, resolvió lo siguiente:Denegar la decisión de la Isapre Banmédica respecto de la Licencia Médica mencionada, ordenando a la Isapre autorizarla y pagar el correspondiente subsidio en un plazo no mayor a 7 días hábiles, contados desde la notificación de esta resolución.Con fecha 19 de marzo realizo reclamo presencial ante la sucursal de BANMEDICA en Agustinas 1022, Santiago a lo me responden:Licencia médica es rechazada por incumplimiento de reposo y una vez que COMPIN autoriza licencia médica se presenta recurso de reposición ante esa entidad, el cual es acogido por COMPIN mediante Res. Ex. 197 del 20/05/24 recepcionada el 26/07/24 en Isapre.Conforme a esta última resolución, se mantiene dictamen de rechazo.En caso de querer apelar ante este pronunciamiento, debe gestionarlo ante SUSESO.sin embargo desconocía dicha resolución, lo que ha traído problemas en mi centro de trabajo y en la pagina de compin no puedo visualizar dicha resolución de rechazo que indica la Isapre solo aparece lo que me envió en su momento a mi persona, vulnerando mis derechos ya que pago más de 6 uf mensuales entre ellas Patologías GES la cual están cuestionando.Consta reclamo interpuesto sobre dicha situación en la SUCESO con Folio 1123525 de fecha 19 de marzo 2025.La ISAPRE BANMEDICA ha rechazado el pago de mi licencia médica aludiendo que me encontraba "trabajando en estado de reposo", atribuyéndome una condición que no es real. Dicha afirmación resulta errónea, ya que no existe evidencia de que haya estado trabajando durante el período en cuestión. Cabe señalar que jamás fui visitado por un médico de la ISAPRE para verificar mi situación, lo que constituye una omisión grave en el proceso de evaluación. La única prueba presentada para sostener esta acusación es que con fecha 02/01/24 emiti licencia médica 97108420 a paciente que se estaba atendiendo recurrentemente conmigo , el cual necesitaba continuidad de su reposo medico ,justo el mismo día que se terminaba mi periodo de licencia (Al respecto y revisados los antecedentes, licencia folio 96680644 otorgaba período de reposo desde el 20/12/23 al 02/01/24 en jornada total) , cabe señalar que la misma jue realizada fiera de horario de jornada laboral por lo que no puede aludir que este incumpliendo mi período de reposo solicitado.La decisión tomada por la ISAPRE es arbitraria, infundada y va en contra de los principios que deben regir la relación entre los pacientes y las instituciones de salud. Este rechazo no solo vulnera mis derechos como paciente, sino que también representa una violación a la Ley N° 20.584, que establece el derecho a ser atendido de acuerdo con los estándares profesionales, y a recibir el respaldo necesario en situaciones de salud que lo ameriten.Lo anterior ha generado graves perjuicios tanto en mi situación económica como en mi salud. En primer lugar, fui informado por mi empleador que mi licencia médica no había sido validada, y como consecuencia de ello, mi salario se reducirá a la mitad, lo que representa un daño económico considerable. Además, este incumplimiento ha agravado mi estado de salud mental, ya que estoy atravesando por un cuadro depresivo, situación que la Isapre conoce, y la incertidumbre derivada de este asunto ha tenido un impacto negativo en mi bienestar emocional. NOTA: NO DEJA CARGAR DOCUMENTOS SI LOS NECESITA SOLICITARLOS AMI CORREO
Objetivo:
Obtener una solucion
Solicito, en virtud de lo expuesto:
1. Que se revise mi caso a la mayor brevedad posible, tomando en cuenta las normativas vigentes y los derechos establecidos en la legislación sanitaria.
2. Que la Isapre Banmédica autorice y pague a la brevedad los subsidios correspondientes por las licencias médicas N° 96680644 tal como lo resolvió la COMPIN en la resolución mencionada anteriormente.
3. Que la Isapre Banmédica brinde una explicación formal respecto a la falta de notificación de las nuevas resoluciones de COMPIN y la razón por la cual no se me permitió realizar los reclamos pertinentes dentro de los plazos establecidos.
4. Que se considere una indemnización por los perjuicios ocasionados, tanto en el ámbito económico como en mi salud mental, derivados del incumplimiento de las resoluciones de COMPIN y de la falta de pago del subsidio correspondiente.
Cabe señalar que, en virtud de lo descrito, considero que el actuar de la Isapre Banmédica constituye una vulneración de mis derechos fundamentales, así como una infracción a la Ley N° 20.584 sobre deberes y derechos de los pacientes, y a las disposiciones contenidas en la Ley de Garantías Explícitas en Salud (GES).
Espero una pronta y satisfactoria respuesta a este reclamo en el plazo más breve posible.
Sin otro particular, agradezco de antemano su pronta atención a este reclamo.
Atentamente,
Norberto Trujillo Moya
RUT:25.554.937-5
Afiliado de Isapre Banmédica
+56967770770
[email protected]
Autor: N.T.