- Vitacura, Chile
- 16, Febrero 2022
- Número: 877860
Posesión efectiva demorada
PRESENTE
15 de febrero 2022Registro Civilde Santiago de ChilePresente;Solicitud de Reclamo Junto con saludar, es necesario plantear mi inquietud, respecto a la solicitud de: Posesión Efectiva N°2104 ingresada con fecha 20 de Octubre del 2021, referente a don Carlos Aron Olivares, Rut- 4.193.xxx-x, por causa de su fallecimiento con fecha;14 de Marzo de 2001La presente solicitud es presentada por la herencia de una propiedad ubicada en pasaje P 1380 de la Comuna de Quinta Normal, este documento, fue presentado en el Registro Civil,en la ciudad de Antofagasta.Mi nombre es: Jorge Aron Rivera, rut : 9.669.xxx-x, siendo sobrino de don Carlos Aron Olivares.Heredero y parte también de la sucesión, con mi posesión efectiva al día y aceptada. Es necesario expresar mis descargos en la demora de 5 meses del presente documento, debido a que a la fecha no hemos tenido respuesta por parte de esta institución.Explicación del presente caso;1.- Don Carlos Aron Olivares de quien solicitamos la presente Posesión Efectiva; Fue casado en primera instancia con la señora;Plácida Elena Castro Zapata: Rut: 3.046.xxx-x.Este "PRIMER" matrimonio Civil, fue realizado con fecha 12 de diciembre de 1969, en la localidad de Machalí. Es necesario mencionar que este matrimonio civil:"no cuenta con hijos" Posteriormente la señora; Plácida Elena Castro Zapata: Rut: 3.046.xxx-x.Comete el delito o falta de "Bigamia" al no haber anulado su primer matrimonio con don Carlos Aron Olivares y casarse civilmente con don; Israel del Carmen Franco Peña, rut; 5.249.xxx-x. Con fecha 5 de junio de 1990 en la localidad de TucapelCabe mencionar que la señora Plácida Castro Zapata falleció con fecha 1 de enero del 2022.2.- Posteriormente don Carlos Aron Olivares, comete la falta o delito de "Vigamia"; al casarse por segunda vez; sin contar con la anulación de su primer matrimonio, con la señora; Celina Peña Aracena, rut: 5.037.xxx-xEste matrimonio es de fecha 14 de abril de 1971.Es necesario mencionar que esta unión civil de carácter bígamo; no cuenta con hijos tampoco de este "SEGUNDO" matrimonio " ILEGAL"Es necesario mencionar que a esa fecha la señora Celina Peña Aracena: también comete la falta o delito de "Bigamia", por estar casada y no anulada de su primer marido don Luis Gonzalo Zamorano Gonzalez rut; 2.727.xxx-x con quien contrajo matrimonio civil en la fecha; 30 de enero de 1960.Cabe mencionar que la señora Celina Peña Aracena: falleció, con fecha 5 de febrero de 2018.Mi presente objeción y reclamo a la institución, respecto a la "POSESIÓN EFECTIVA", de mi tio; don Carlos Aron Olivares.por qué con todos los errores, omisiones cometidas por la institución del Registro Civil de Santiago, ha atrasado toda tramitación que los herederos cómo derecho; podamos tener por la presente Posesión Efectiva de la propiedad objetada por ustedes.Esperando una pronta respuesta a mi solicitud de "carácter Urgente" y a la espera que se solucione el presente caso.JORGE ARON RIVERA.
Objetivo:
SOLUCIÓN A MI POSESIÓN EFECTIVA N°2104 ingresada con fecha; 20/10/2021
Autor: J.A.