- Lo Prado, Chile
- 22, Marzo 2016
- Número: 370421
Dualidad de cobro
PRESENTE
señores:junto con saludarles , expongo lo siguiente contrate los servicios de dispositivos de Tag, con la Autopista Costanera Norte, con quienes nunca he tenido problema alguno.Es así que en el mes de Julio del año 2015, me llego una citación para concurrir hasta la reclamos.cl/empresa/autopista_central">Autopista Central con el motivo de cancelar una deuda morosa.Ante esta situación me apersona a la oficina ubicada en San Bernardo, tomando contacto con una dama de apellido Salazar, quien me informo que desde el 18.02..2015 al 24.07.2015, mantenía una deuda con la empresa por 92 multas originadas por la desabilitacion del Tag por parte de ellos, por la no cancelación de esos meses .Por Lo anterior y con el fin de arreglar este problema decidí cancelar esta deuda lo cual se gestiono de la siguiente manera para iniciar la repactacion debía cancelar en el acto $ 176.283 mas 585,390 dividido en 07 cuotas lo que suman un total de $ 761, 673 pesos lo cual cancele en su totalidad, con el fin de cumplir y evitar mas cobros.Lo mas trágico de este tema que al día de hoy tengo 92 multas por Tag, en diferentes jdo. Policía Local, lo cual me deja perplejo ante tanto cobro me dirigí a un tribunal le expuse que había cancelado todo en el mes de Septiembre del 2015 y me dijeron que debía cancelar igual.Como se puede cancelar dos veces por la misma multa yo creo que aquí hay una dualidad de cobros o le cancela a la Autopista o Jdo de Policía Local que correspondaCITO: A UN DELINCUENTE SE LE CONDENA POR UN DELITO SOLO UNA VEZ ( al ciudadano común debe cancelar dos veces y para esto usan la Ley 18.290 art 114 , como pueden aprobar esta malas practica
Autor: V.R.