- Maipú, Chile
- 13, Junio 2019
- Número: 591270
Publicidad engañosa

PRESENTE
Estoy en desacuerdo con la cancelación, ya que al presentarse un valor de un producto se debe respetar, sabiendo que el pedido ya había sido recepsionado, respaldándome con la ley del consumidor (Ley 19.496) art. 28Información y publicidad Artículo 28.- Comete infracción a las disposiciones de esta ley el que, a sabiendas o debiendo saberlo y a través de cualquier tipo de mensaje publicitario induce a error o engaño respecto de: d) El precio del bien o la tarifa del servicio, su forma de pago y el costo del crédito en su caso, en conformidad a la normas vigentes;
Autor: G.P.