La respuesta en la mediación del Sernac, fue la siguiente:
"De nuestra consideración,
Junto con saludarle, y a través de la presente, damos respuesta al requerimiento
interpuesto por el Señorita Catalina Sagredo, mediante el
reclamo de la Referencia, en el que manifiesta su disconformidad con nuestra empresa.
Sobre el particular, dado el análisis realizado podemos señalar lo siguiente:
La señorita Sagredo expresa en su solicitud: “…A PRINCIPIOS DE MARZO LA CASA MATRIZ DE
TRONWELL FUE TRASLADADA DESDE AV. APOQUINDO #4499 A BOSQUE SUR #90. EL CAMBIO DE
DOMICILIO ALTERA LAS CONDICIONES DEL CONTRATO, DE TAL MANERA QUE HACEN IMPOSIBLE QUE
EL SERVICIO CONTRATADO SE PRESTE EN LAS CONDICIONES PACTADAS” (Sic). El cambio de
dirección de nuestra sede no altera las condiciones de estipuladas en el Contrato de
Enseñanza firmado por ella, puesto que según se especifica en el Artículo SEGUNDO,
párrafo tercero: “No obstante, si por razones de fuerza mayor fuera necesario suspender
las clases, TRONWELL S.A. se reserva el derecho a continuar las clases en fecha, lugar, y
horario a determinar por la Dirección”.
De acuerdo a lo anterior no nos asistiría la devolución de dinero, sólo el cambio de
beneficiario a conveniencia de la señorita Sagredo, como lo indica el Artículo Quinto* del
Contrato de Enseñanza. Al nuevo beneficiario se le traspasarán las horas no cursadas por
ella y tendrá el mismo plazo de término que se ha estipulado en su contrato, es decir a:
7 de enero de 2017
*Artículo Quinto. Si por cualquier motivo el estudiante desiste de comenzar o continuar el curso contratado, el Contratante tendrá como única
opción, proponer dentro de un plazo de 90 días, a contar de la fecha de la firma del contrato, a otro estudiante para que realice en los mismos
términos el total de horas o sesiones pendientes que le hubiere correspondido al estudiante que desiste. Las horas o sesiones remanentes de un
contrato sólo podrán ser transferidas una sola vez. Se deja expresa constancia que una vez contratado el curso, no procederá bajo ninguna causal
la devolución de lo pagado o documentado y sólo procederá el uso, si procediere, de la facultad de transferencia que permite este artículo quinto
Sin otro particular, se despide atentamente,
p. Pedro Fernández V.
Presidente del Directorio
Gerencia de Sistema Integrado de Gestión
Tronwell S.A. – 96.505.010-8
Av. Apoquindo 4499 Piso 3, Las Condes, Santiago
e-mail:
[email protected]"