- Puente Alto, Chile
- 17, Octubre 2014
- Número: 300829
Arriendo ilegal a domicilio
PRESENTE
Estimados, me dirijo a ustedes para tratar de buscar solución a una practica que es habitual y según las leyes de nuestro país es ilegal, tengo un nuevo vecino, es un arrendatario de una casa, donde el problema surge, y esta mas que sabido que es algo que no debe ocurrir según una cierta cantidad de años como mínimo para una vez cumplido el mínimo de tiempo o de vida el domicilio, poder arrendar o poner en venta el domicilio, ya que mas allá de que sea buen o mal vecino, simplemente es algo que no se debe realizar, el dueño o propietario del hogar NO debe poner en Arriendo o venta una casa por conceptos legales entregados por el SERVIU, incluso en el mismo día en que es entregada una vivienda, como nos paso a mi pareja y a mi.necesito que aparezca algún ente fiscalizador respecto a estas materias y así poder hacer valer algo tan básico y sencillo, como es NO ARRENDAR UNA VIVIENDA ANTES DE LA FECHA ESTIPULADA POR LEY... ustedes creen que sea posible gestionar esto?, como si fuera poco, ha realizado modificaciones estructurales y todos los escombros que se han producido por la modificación del hogar, en el que no debería estar, lo dejan frente a mi hogar y frente al hogar de otro vecino, acumulando basura, empeorando la vista del sector y evidentemente disminuyendo la imagen y calidad de vecina de su propio hogar y de todos los vecinos.El lugar al que me estoy refiriendo queda en la Comuna de Puente Alto, Villa Jardín Oriente, Pasaje Manuel Bulnes, penúltima casa frente a una parroquia.Espero que mi reclamo y la regularización de esta situación ilegal, sea tratada con el debido tiempo antes de que se siga generando un malestar colectivo entre los vecinos del sector.Muchas gracias por acoger mi reclamo.
Autor: C.M.