- Viña del Mar, Chile
- 07, Abril 2018
- Número: 491022
Retiro excedentes libre disposición
PRESENTE
Informo a ustedes que al efectuar el Retiro de excedentes de libre disposición de la AFP por vejez anticipada, esta los declara al SII. En mi declaración de la renta vi con sorpres que está clasificado como rentas exentas, sin embargo de exenta no tiene nada, ya que yo al no estar en tramos altos, esta se sumó a mi rentas totales, haciendo cambiar de tramo y al final pagar un impuesto significativo considerando mis ingresos mensuales.Adjunto artículo del mercurio que aclara bastante este tipo de criterio del SII, en el cual al final el estado embarga una parte de este Retiro de libre disposición, que supuestamente es una renta exenta de impuesto.Creo que los fondos juntados por concepto de imposiciones obligatorias es un disparate descontar indirectamente y que uno queda con la sensación que el estado tiene trampas o artimañas para quedarse con parte de estos fondo que fueron fruto de larga horas de trabajo y a veces mal pagadas.Ojalá este reclamo llegue a oídos de quienes están afectados y se modifique este artículo 42, tercero, que llama la atención de quien lo maquinó, por su puesto en un gobierno de la concertación, donde la libertad los bienes personales no tienen cabida.Es un insulto a la mediana inteligencia, decir que son "rentas exentas".
Autor: J.G.