- Estación Central, Chile
- 03, Agosto 2026
- Número: 1120189
Cobros excesivos
PRESENTE
Reclamo formal por cobros excesivos e injustificados, ausencia de emisión de boletas y opacidad en la facturación de suministro eléctrico.De mi consideración:Por medio de la presente, y en mi calidad de arrendatario del departamento ubicado en el inmueble administrado por su entidad, me dirijo a ustedes con el fin de interponer un reclamo formal de carácter grave debido a los cobros desproporcionados, sostenidos y técnicamente injustificados en el consumo de energía eléctrica facturado a través de EMOAC, así como por graves irregularidades administrativas en la entrega de documentación tributaria.I. Antecedentes y HechosDuración del contrato y anomalía sistemática: Nos encontramos arrendando la propiedad desde hace aproximadamente dos años. Durante este periodo, hemos constatado que los montos facturados por concepto de electricidad resultan completamente irrisorios frente a la realidad de uso del inmueble, manteniéndose invariables e injustificadamente altos sin importar los periodos efectivos de consumo.Ausencia prolongada y desconexión total: Por motivos laborales y personales, todos los días viernes, sábados y domingos inclusive, el departamento permanece absolutamente deshabitado (sin moradores). Como medida de mitigación y ahorro energético, al retirarnos del inmueble procedemos rutinariamente a bajar la totalidad de los switch (disyuntores) del tablero eléctrico, cortando de forma absoluta el suministro al interior de la propiedad. Pese a esta medida extrema —que anula por completo cualquier consumo pasivo o fantasma al interior del departamento—, el monto de la boleta o cobro mensual no experimenta ninguna variación significativa.Prueba categórica de la anomalía: En un periodo reciente, nos encontramos ausentes del departamento durante casi dos semanas continuas, manteniendo el mismo protocolo de corte general de energía. Para nuestra sorpresa y perjuicio económico, el cobro emitido por la empresa correspondiente a dicho ciclo fue exactamente el mismo que en los meses de ocupación plena, lo que evidencia un error crítico, una facturación estimada arbitraria, o bien un cálculo desapegado de la realidad de los medidores.incumplimiento tributario y legal (Ausencia de boletas): Denunciamos formalmente que la empresa EMOAC incurre en una práctica ilegal al no emitir ni entregar ningún tipo de boleta o documento tributario (ni en formato físico ni digital) que detalle el consumo, los cargos fijos, las lecturas de medidor y los impuestos asociados, vulnerando la normativa vigente del Servicio de Impuestos Internos (SII) y los derechos básicos de los consumidores.Imposibilidad de fiscalización institucional: Al intentar escalar esta situación ante la superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), ha sido imposible concretar el reclamo, debido a que la empresa EMOAC no se encuentra debidamente catastrada ni disponible en sus plataformas de ingreso, sumado a la agravante de que no se nos ha proporcionado un número de cliente formal y transparente que permita individualizar el servicio.II. Exigencias y SolicitudEn virtud de los graves antecedentes expuestos, que evidencian cobros arbitrarios por un servicio que físicamente no se consume durante gran parte del ciclo mensual y la falta de transparencia administrativa, exijo a la brevedad posible:Una auditoría técnica exhaustiva e inmediata del medidor asignado a nuestra propiedad, así como de los sistemas de lectura y submedición operados por EMOAC en el edificio.La rectificación y anulación de los cobros excesivos cursados durante los periodos en los que se ha demostrado fehacientemente la ausencia de moradores y el corte de suministro.La emisión retroactiva y regularización inmediata de todas las boletas o comprobantes tributarios correspondientes a los meses arrendados, conforme a la legalidad vigente.La entrega formal y por escrito del número de cliente definitivo y los canales oficiales de contacto y reclamo vinculados a nuestro suministro. Además se hizo el reclamo en la SEC, lo cuál nos indica que dicha empresa EMOAC no existe, prácticamente son ilegales, no están regulados.Se otorga un plazo improrrogable de cinco (5) días hábiles contados desde la recepción de la presente para dar respuesta satisfactoria a este requerimiento. De no mediar una solución técnica y comercial equitativa, nos reservamos el derecho de escalar este caso a las instancias legales correspondientes, incluyendo al Servicio Nacional del consumidor (sernac), Juzgado de Policía Local y los tribunales civiles por incumplimiento contractual y cobros improcedentes.
Objetivo:
Obtener una solucion
Rectificación y cobro real de la luz
Autor: C.F.