- Coquimbo, Chile
- 05, Noviembre 2021
- Número: 854469
***o de especies dentro del maletero.
PRESENTE
Buenas tardesHoy a las 14.00 hrs fuimos al Mall Costanera Center, estacionamos el auto en el piso -2 en fila nro 9. Cerca de la entrada y a vista de transeúntes y conductores, dejamosel auto cerrado y asegurado, sin empieces a la vista, manteniendo las cosas en el maletero. Somos de Coquimbo, por lo que nuestra estadía es breve, nos retiramos y al volver fuimos víctimas de robo, nos abrieron el auto en su estacionamiento, habiendo dejado todo en orden, nos robaron nuestros bolsos de viaje, compras que hicimos en Santiago, especies de valor que ascienden a $1.700.000.-. Nuestro proceder fue informar inmediatamente a guardias del mall, ellos fueron a ver los hechos, llamaron al supervisor y éste tomó fotografías y anotó todo lo que mensiono en este correo. Vimos con él cuáles fueron todas las cosas robadas, tomó fotografías de la patente y del daño que además sufrió el auto, los *******s forzaron la chapa del conductor, dejándola inutilizable. Él supervisor nos indicó que debíamos dejar constancia de éste robo en la página del mismo mall, y en carabineros, este último paso ya está realizado con su denuncia respectiva.Como ya es de su conocimiento por medio de su área de seguridad, y por medio de éste reclamo formal, es que solicito investigación, revisión de cámaras, seguimiento , todas las diligencias respectivas para éste caso, e indemnización por lo sufrido, incluso el daño emocional que conlleva este hecho, considerando además que fue en sus dependencias, donde luego de lo ocurrido nos enteramos que NO TIENEN CÁMARAS!!! y habiendo por nuestra parte hecho todo para que esto no sucediera, pagando nuestro ticket y packing correspondiente a lugar y seguridad .La ley del consumidor es muy C. en esto. Responsabilidad en caso de robos:Esta normativa establece que si la empresa no toma las medidas de seguridad adecuadas y se producen hurtos, robos o daños en los vehículos, será civilmente responsable de los perjuicios causados al consumidor.Si se produce el robo, hurto o daño al vehículo o al propio consumidor, debe entenderse que las empresas que ofrecen el servicio de estacionamiento no adoptaron las medidas de seguridad adecuadas, y por tanto, deben asumir dicha responsabilidad.El punto anterior es coherente con la postura que ha sostenido el sernac y que ha sido ratificada por los tribunales de justicia, en cuanto a que las empresas son responsables de todo perjuicio o daño que se cause al vehículo o al usuario, se trate de un estacionamiento gratuito o pagado.Hay que recordar que esta nueva Ley viene a complementar la Ley de Protección de los Derechos de los consumidores (LPC), debe darse aplicación a las exigencias que este último cuerpo legal establece respecto de todo proveedor de servicios o productos, como son el cumplimiento del deber de profesionalidad y de seguridad en el consumo, siendo éstos exigibles también a las empresas que brindan el servicio de estacionamiento.Por ende, si bien por los delitos responden los delincuentes, las empresas deben ser profesionales, lo que implica que deben responder, por todos los daños y perjuicios causados a los consumidores por no actuar profesionalmente.De acuerdo a lo anterior, queda prohibida cualquier declaración de la empresa en que se exima o limite dicha responsabilidad, la que de hacerse, no producirá ningún efecto.
Objetivo:
Obtener una compensacion economica
Indemnización por daño materiales, robo fue de $1.700.000.-
Autor: A.B.