- Lo Prado, Chile
- 17, Mayo 2018
- Número: 499042
Artículo.19° inciso 2° d.s n°194 de 2012

PRESENTE
A partir del 2012 mediante modificación de Reglamento de Telecomunicaciones. Se optó por perjudicar al usuario de estos servicios de Telecomunicaciones, estás empresas quedaron sobre protegidas dado a qué el artículo dice que "Por reclamos Reiterados" esté favorece a reclamos.cl/empresa/movistar">Movistar en mi caso.Dicho esto ellos actúan con Impunidad ante el primer reclamo informando que el usuario no lo recibió, bueno el usuario ante un mal Servicios sigue reclamando y ellos WUAJAJAHAHAJAJA ya que esto perjudica al usuario, es como que queda obsoleto.Dicho Reglamentos es a mi juicio Inconstitucional y solicito a la Ministra Gloria Hutt Jesse que esta vez se favorezca al usuario con indemnización como era anteriormente, de lo contrario pensaré que están todos COLUDIDOS Izquierda y Derecha con Empresas CORRUPTAS Españolas ! !PD: Dejamos de ser Víctimas de Movistar.
Autor: J.C.