- San Felipe, Chile
- 04, Febrero 2020
- Número: 645114
Cuota mortuoria y ahorros
PRESENTE
Señores San Felipe 03 de Febrero del 2020 Ahorrocoop SantiagoPresenteMe dirijo a ustedes con el fin de exponer los acontecimientos ocurridos tras el fallecimiento de mi tío.Ustedes me contactaron a mediados de noviembre para ubicar a mi tío ya que mantenía una cuota pendiente, correspondiente al mes de septiembre, el cual estuvo con licencia desde el 14 de agosto 2019, falleciendo el 15 de octubre del 2019, me presente el 28 de noviembre 2019 y presente certificado de defunción, se me informo que se haría el trámite del seguro de des gravamen, y posteriormente darme información de los ahorros de mi tío, lo cual se haría cuando la cuota estuviera de baja, quedaron de llamarme. En diciembre no recuerdo el día me contacto con Marisol Cares ejecutiva de normalización me informa que aún no estaba listo, que me avisaría, nuevamente no lo hiso, vuelvo a llamar y me informa que estaba rechazado por estar fuera de plazo, lo que me pareció extraño. Me comunique con Banchile seguros y me informan en primer lugar que los documentos fueron presentados el 5 de diciembre 2019 y que estaba rechazado por no estar vigente la póliza en el momento del siniestro. me vi en la obligación de cancelar la cuota, el 23 de enero 2020. Hasta ese momento no se me entrego información clara de los montos para hacer posesión efectiva solo mencionaban “montos considerables” y “más de un millón”. Una señorita de atención al cliente quedo de enviarme el certificado con el monto el día 22 de enero 2020 y menciono que deberían habérmelo entregado el día que presente el certificado de defunción, siendo que ella misma en es oportunidad, me informa que debo poner al día el crédito y dar de baja la cuota para entregar dicha información, documento que no envió a pesar de mis llamados e insistencia.El día martes 29 de enero 2020 me presento en la sucursal para solicitar el dicho certificado personalmente, me atendió un ejecutivo llamado Nelson en cual en forma despectiva y negligente me indica que tengo que esperar, que lo solicitara.Ante todo lo mencionado, exijo una explicación ya que no hubo información clara y oportuna además muchas contradicciones. Adjunto información que ustedes dan en su página web con respecto a estos casos.Espero una respuesta satisfactoria ya que nos sentimos pasados a llevar como familia y burlados ante el triste momento que vivimos." 19¿Qué pasa con los capitales del socio cuando este fallece?El saldo que registre un socio en su cuenta de Cuota de Participación, queda disponible a los herederos para que lo retiren previa presentación de la Posesión Efectiva, en original, trámite que deben realizar en la oficina más cercana del Registro Civil. Los herederos tienen derecho a una cuota mortuoria, que equivale al 100% de sus Cuotas de Participación con un tope de 7 UF. Los herederos para acogerse a este beneficio tienen un plazo de 60 días de ocurrido el fallecimiento del socio, plazo en el cual deben presentar certificado de defunción y copia de la cedula de identidad del socio fallecido. En el caso de poseer también cuenta de ahorro, los herederos podrán retirar en forma anticipada para cubrir gastos, hasta un máximo de 5 Unidades tributarias anual UTA, la diferencia en el caso de que se produzca la deben incluir en la Posesión Efectiva. "
Autor: P.V.