- Concepción, Chile
- 27, Enero 2026
- Número: 1102173
Tienda se niega a respetar la garantía legal, imponiendo solo el cambio pese a existir falla de fabricación

PRESENTE
Proveedor: Tiendas La PolarProducto con falla: Ropa interiorMedio de pago: DébitoRelato de los hechosCon fecha 24 de diciembre de 2025 se realizó una compra en Tiendas La Polar correspondiente a un juguete.Posteriormente, con fecha 20 de enero de 2026, realicé una nueva compra/cambio, oportunidad en la que adquirí ropa interior, producto que presentó una falla de fábrica en la tela, no atribuible a un mal uso.Al acudir a la tienda para ejercer mi garantía legal, el personal reconoció la falla del producto, sin embargo, se negó a devolver el dinero, imponiendo únicamente la opción de cambio, señalando además que, en caso de realizarse una devolución, esta debía ser por el total de la boleta y no de forma parcial, lo cual no está establecido en la Ley 19.496, ya que la garantía legal aplica específicamente al producto defectuoso.Asimismo, se me indicó que, por tratarse de ropa interior, solo correspondía el cambio, argumento que es incorrecto, dado que la condición del producto no elimina la garantía legal cuando existe una falla de fabricación, conforme al artículo 20 de la Ley del consumidor, que establece que es el consumidor quien puede elegir entre devolución del dinero, cambio o reparación.Durante la atención, la ejecutiva se amparó de manera improcedente en la Ley Karin, normativa que regula relaciones laborales internas y que no es aplicable a reclamos de consumidores ni a la garantía legal, lo que considero una práctica intimidatoria y ajena al marco legal correspondiente.
Objetivo:
Que se corrijan estas fallas
Que se respete lo indicado en ley del consumidor y se riega por garantía legal compensación por tiempo perdido y negación de devolución
Autor: E.T.