- Las Condes, Chile
- 01, Junio 2015
- Número: 328895
Cobro indebido por daños a tercero
PRESENTE
El 6 de Abril del 2014, en circunstancias que mi hija Rita conducía un automóvil de mi propiedad, colisiono a otro automóvil por la parte posterior que estaba incorrectamente detenido. Ambos involucrados concurrieron a la comisaria mas cercana a poner la correspondiente constancia, y paralelamente comunicarse con su respectiva compañía de seguros (coincidentemente ambos asegurados por Consorcio). Consorcio pago los daños de ambos automóviles. Cuatro meses después de ocurrido el siniestro, Consorcio decide poner termino a la póliza de seguros sin entregar ninguna explicación al respecto, en circunstancias que la prima estaba con los pagos al día. En Diciembre del 2014, llegó una citación del juzgado de policía local de la comuna de Santiago por una querella infraccional realizada por la compañía de seguros Consorcio por los daños ocasionados al vehículo del otro conductor, exigiendo un pago de $556.442. Me parece, que esto obedece a una maquinación por parte de Consorcio, donde primero finaliza la póliza unilateralmente y posteriormente aparece demandandolos por los daños contra el tercero para recuperar la plata desembolsada. En la querella, fuera de tergiversar los hechos, aparece una fecha que no concuerda con la fecha real del siniestro. Esperando su valioso consejo se despide de Uds. Arturo Olavarria Godoy
Autor: A.O.