- Buin, Chile
- 08, Octubre 2025
- Número: 1090281
Reclamo por fallas recurrentes y negativa de garantía – vehículo mg zs mt 1.5 / año 2025
PRESENTE
or medio de la presente, vengo a presentar un reclamo formal respecto de la compra de un vehículo marca MG, modelo ZS MT 1.5, año 2025, adquirido el 21 de enero de 2025 en su concesionaria.Desde el primer mes de entrega, el vehículo comenzó a presentar problemas con la piola del embrague, situación que fue informada oportunamente y revisada por su servicio técnico. sin embargo, el 27 de septiembre de este año el automóvil volvió a presentar fallas de potencia, y una semana después dejó de funcionar completamente.El 6 de octubre de 2025 se solicitó el retiro del vehículo mediante grúa para ser evaluado en el taller de la concesionaria. El 8 de octubre, se me informó que el embrague se encuentra dañado y que la reparación no estaría cubierta por garantía, bajo el argumento de que esta tendría una vigencia de solo seis meses.Me permito manifestar mi disconformidad con dicha respuesta, ya que el vehículo no ha cumplido un año desde su compra, tiene solo 14.707 km recorridos, y ha presentado problemas reiterados desde el inicio, lo que evidencia un defecto de fabricación o falla de origen.La concesionaria ha emitido un presupuesto cercano a $700.000, monto que resulta inaceptable considerando que se trata de un vehículo nuevo, adquirido bajo la confianza de una marca y empresa que debieran garantizar calidad y respaldo postventa.Por lo anterior, solicito una solución concreta y satisfactoria, consistente en la reparación del vehículo sin costo o la aplicación efectiva de la garantía legal vigente, conforme a lo establecido en la Ley del consumidor (Ley N° 19.496), que protege a los compradores frente a fallas o defectos en bienes nuevos.agradezco su pronta respuesta y gestión, esperando una solución dentro del marco de la ley y del compromiso con sus clientes.
Objetivo:
Obtener una solucion
Reparación del vehículo sin costo o la aplicación efectiva de la garantía legal vigente, conforme a lo establecido en la Ley del Consumidor (Ley N° 19.496), que protege a los compradores frente a fallas o defectos en bienes nuevos.
Autor: L.H.