- Santiago, Chile
- 23, Agosto 2015
- Número: 341123
No respetan garantía
PRESENTE
estimados:el 26-07-2015 compré un computador " personal computer factory s.a." no obstante el pc, apenas realizaba las maniobras básicas como el ingreso internet , o bien , escribir un email o preparar las clases. en resumen, el aparato estaba muy lento y era ilógico dado que se suponía que era un producto nuevo y mi internet tiene 6 gb. tengo otro pc de marca acer y funciona magnífico. posteriormente.debido a que habían pasado algunos días y el aparato seguía en las mismas condiciones que menciono, cinco dias despues osea el 01 -08 , llevé el pc a dicha empresa ( en sede estación central) para que me dieran alguna solución. pero para mi decepción, el jefe de local el señor luis cid, me señaló que "el producto no lo podían cambiar y que era opcional de parte de la empresa que se realizara el cambio en diez días" y me mostró un "reglamento interno" que lo tenían pegado en la pared. sin darme mayores explicaciones, me señaló que solo podía prestar un servicio técnico.y en este sentido, la ley del consumidor señala lo siguiente: " la garantía legal otorga al consumidor adquieriente, en el caso de compras de bienes de mala calidad, los derechos a solicitar la opción de la reparación gratuita del bien, o, previa restitución, su reposición o devolución de la cantidad pagada, esto es lo que denomina el derecho de opción del cual es titular el consumidor. las opciones son del ámbito de decisión del consumidor y no existe un orden preestablecido o condicionamientos en el ejercicio de dicha opción (ley 19.496 derecho a la calidad e idoneidad régimen de garantías) .de acuerdo a lo señalado, dejé mi pc y me dijeron que fuera al otro día (02-08-2015). no obstante, solo lo habían formateado. para asegurarme que el producto estaba en buenas condiciones, pedí que lo conectaran a internet y el señor luis cid jefe del local, se negó a realizar la solicitud.realicé mi reclamo al sernac, pero este respondió: "prov. no acoge rechazando el recamo". por lo que tengo que recurrir en una segunda instancia al juzgado de policía local.
Autor: R.J.