- La Cruz, Chile
- 27, Julio 2026
- Número: 1119743
Venta de perfume falso
PRESENTE
Vengo en complementar el presente reclamo, atendida la respuesta evacuada por Mercado Libre Chile, la cual, lejos de desvirtuar los hechos denunciados, confirma la necesidad de que esta situación sea investigada por la autoridad competente.En primer término, Mercado Libre sostiene que únicamente actúa como proveedor de un servicio de "hosting" o intermediación tecnológica entre comprador y vendedor, intentando desligarse de cualquier responsabilidad respecto del producto comercializado. sin embargo, dicha afirmación no resulta consistente con la forma en que la propia empresa desarrolla su actividad económica.Mercado Libre no se limita a publicar avisos de terceros. Por el contrario, participa activamente en la operación comercial mediante la administración de la plataforma, la gestión de pagos a través de Mercado Pago, el establecimiento de políticas de protección al comprador, la implementación de sistemas de reputación de vendedores, mecanismos de resolución de controversias, programas de compra protegida y publicidad destinada precisamente a generar confianza en los consumidores para concretar las transacciones. Todo ello demuestra que su intervención excede ampliamente la de un mero proveedor de alojamiento de información.En este sentido, la Excma. corte Suprema ha sostenido reiteradamente que la Ley N.º 19.496 debe interpretarse conforme a su finalidad protectora del consumidor, privilegiando el principio pro consumidor y la buena fe objetiva que debe regir las relaciones de consumo. Asimismo, la jurisprudencia ha reconocido que quienes intervienen de manera relevante en la cadena de comercialización no pueden eximirse de responsabilidad únicamente invocando su calidad de intermediarios cuando generan confianza, organizan la operación y obtienen beneficios económicos derivados de la transacción.Especialmente contradictoria resulta la afirmación efectuada por Mercado Libre al señalar que el producto adquirido correspondería a una categoría excluida del programa Compra Protegida.Dicha afirmación es objetivamente desmentida por la propia información proporcionada por la plataforma al momento de la compra. En el detalle oficial de la operación aparece expresamente la leyenda "Compra Protegida", circunstancia que acredito mediante la captura de pantalla que acompaño.En consecuencia, Mercado Libre incurre en una evidente contradicción: por una parte, informa al consumidor que la compra se encuentra protegida; posteriormente, una vez producido el conflicto, sostiene que dicha protección nunca existía por tratarse de una categoría excluida.Tal actuación vulnera el principio de confianza legítima que debe imperar en las relaciones de consumo y podría constituir una infracción al artículo 3 letra b) de la Ley N.º 19.496, que garantiza el derecho del consumidor a recibir información veraz, comprobable, suficiente y oportuna respecto de los bienes y servicios ofrecidos.Asimismo, el artículo 12 de la Ley del consumidor obliga al proveedor a respetar íntegramente los términos, condiciones y modalidades conforme a las cuales ofreció el producto o servicio. Si Mercado Libre informó expresamente que la operación se encontraba amparada por Compra Protegida, no resulta jurídicamente aceptable que posteriormente desconozca dicha condición para rechazar las pretensiones del consumidor.Debe tenerse presente que la confianza constituye uno de los pilares fundamentales del comercio electrónico. Precisamente por ello Mercado Libre promociona programas de protección al comprador, garantías de devolución, sistemas de reputación y mecanismos destinados a reducir los riesgos inherentes a las compras a distancia.Si dichos mecanismos finalmente no operan cuando el consumidor los necesita, se produce una evidente afectación de la confianza depositada en la plataforma.Respecto del producto adquirido, reitero que éste fue publicitado y comercializado como un perfume Bleu de Chanel Parfum Original de 100 ml.Una vez recibido, advertí múltiples inconsistencias respecto de las características conocidas del producto original, entre ellas diferencias en el envase, grabados, etiquetas, terminaciones del frasco, elementos de fabricación y un desempeño aromático considerablemente inferior al esperable para un perfume de lujo de dicha categoría.Si bien no afirmo categóricamente que el producto corresponda a una falsificación —por no contar actualmente con un informe pericial emitido por Chanel o por un laboratorio especializado—, existen antecedentes objetivos, verificables y razonables que justifican plenamente cuestionar su autenticidad.Precisamente por ello solicité una investigación.No corresponde exigir al consumidor asumir el costo económico de una pericia destinada a acreditar aquello que el proveedor ofreció expresamente como original.La carga de demostrar que el producto vendido corresponde efectivamente a un artículo auténtico recae sobre quien lo comercializa y sobre quienes intervienen profesionalmente en dicha comercialización.Lo contrario implicaría invertir injustificadamente la carga probatoria en perjuicio del consumidor, contrariando los principios inspiradores de la Ley N.º 19.496.Los hechos descritos podrían configurar infracciones, entre otras, a las siguientes disposiciones:Artículo 3 letra b): derecho a recibir información veraz y oportuna.Artículo 12: obligación del proveedor de respetar exactamente las condiciones ofrecidas.Artículo 23: responsabilidad por negligencia que cause menoscabo al consumidor debido a deficiencias en la calidad, identidad o características del producto.Artículo 28, en cuanto prohíbe la publicidad susceptible de inducir a error respecto de la naturaleza, calidad, origen o características esenciales del bien ofrecido.Asimismo, debe considerarse que la eventual comercialización de productos falsificados constituye una conducta especialmente grave, ya que afecta no sólo el patrimonio del consumidor sino también la confianza pública en el comercio electrónico, pudiendo incluso involucrar vulneraciones a normas sobre propiedad industrial y competencia leal.Resulta preocupante que Mercado Libre, pese a obtener beneficios económicos por cada operación realizada en su plataforma y promover activamente un entorno de compra seguro, pretenda eximirse completamente de responsabilidad cuando existen antecedentes suficientes que justifican investigar la autenticidad del producto vendido.En virtud de todo lo expuesto, solicito al Servicio Nacional del consumidor que tenga por complementado el presente reclamo, requiera nuevos antecedentes a Mercado Libre respecto de la contradicción existente entre la respuesta entregada y la información visible en la propia compra relativa a la Compra Protegida, investigue la autenticidad del producto comercializado, determine si existió vulneración a los derechos establecidos en la Ley N.º 19.496 y adopte todas las medidas que correspondan para resguardar los derechos de los consumidores, incluyendo la restitución íntegra del monto pagado si la autenticidad del perfume no puede ser acreditada fehacientemente, además de las acciones que procedan respecto del vendedor y de la plataforma que incumple sus obligaciones.
Objetivo:
Obtener una compensacion economica
Que me devuelvan el dinero que pagué
Autor: M.J.