- Los Ángeles, Chile
- 19, Julio 2021
- Número: 825582
Incumplimiento de entrega de compra
PRESENTE
Estimados,Con respecto a la compra realizada, pagada y confirmada el día 31/05/2021, y ante el incumplimiento de la entrega pactada y la anulación arbitraria, unilateral y sin previo aviso de esta operación, comentarles lo siguiente:La ley 19.496 sobre protección de derechos del consumidor establece que el reembolso es un derecho del comprador que puede ejercer o no. Es decir, es facultativo y en ningún caso puede ser impuesto obligatoriamente por el vendedor o comercio. Mediante este mensaje, le comunico y manifiesto expresamente que me niego a recibirlo.El producto fue ofertado públicamente y debidamente pagado, por tanto sólo aceptaré a mi entera satisfacción, los productos por los cuales pagué u otros de similares características o de mayor calidad.Le recuerdo que se confirmó la venta por parte de la empresa y se fijó un día para la entrega, pero no se cumplió en el plazo ofrecido.No es justificación válida de la demora la falta de stock o la falta de reposición por parte del importador o proveedor. Mucho menos después que se confirmó la venta, ya que se entiende que cuando una empresa ofrece un producto es porque se cercioró de que lo tiene disponible.De lo contrario, no correspondía que siguiera promocionando o confirmando la venta de bienes que no tenían en bodegas.El mismo día que hice la operación, esta fue cargada en mi cuenta.El incumplimiento en la entrega del producto ofertado y comprado constituye una infracción a la Ley del consumidor, la cual exige que las empresas respeten lo acordado y convenido con los consumidores, así como deben entregar un servicio de calidad que se refleja en cumplir los plazos comprometidos y no ofrecer productos que no están disponibles.Le recuerdo, además, que las compras por Internet están reguladas por la Ley del consumidor, y que las empresass no pueden seguir promocionando y confirmandola compra de productos sin stock.Asimismo, la empresa debe responder por sus proveedores por lo que no puede justificar el retraso en la no reposición por parte de un tercero.Las Cortes de Apelaciones y la corte Suprema han dictado sentencias que ya constituyen jurisprudencia sentada en todos estos temas y ha sido clara en castigar los incumplimientos de las empresas por estos motivos, aplicando sanciones y eventualmente compensaciónm dando derecho al consumidor a indemnización de perjuicios.Por todo lo anterior es que le solicito que me indique el plazo en que me hará llegar el producto, de modo tal de dar cumplimiento a la compra efectuada. De lo contrario iniciaré las acciones legales correspondientes, para obtener indemnización y multas.
Objetivo:
Obtener una solucion
La entrega del producto comprado a la brevedad.
Autor: C.S.